Una resolución del Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca (MPCEIP) adelantó la fecha prevista para la veda de cangrejo rojo y azul.

Mediante la resolución MPCEIP-SRP-2023-0021-A del 18 de enero, la Cartera de Estado dispuso que ahora la restricción de captura del crustáceo sea desde el 28 de enero hasta el 2 de marzo por la reproducción del cangrejo.

El año pasado el periodo de restricción se había establecido entre el 1 de febrero y 2 de marzo.

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Quienes infringen la norma para su preservación serán sancionados, de acuerdo a lo que determine la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero de Ecuador. La sanción está contemplada en el artículo 71 de la Ley de Pesca: “multa de dos a diez remuneraciones básicas unificadas del trabajador en general ($900 a $4.500 con el salario básico unificado actual) y prisión de 15 a 60 días, o con una de estas penas solamente”.

La especie tiene dos vedas anuales. La segunda veda tanto de cangrejo rojo como azul se dará del 15 de agosto al 30 de septiembre por la muda de caparazón y su consumo puede provocar daños en el ser humano. (I)