El montepío es la pensión o renta mensual que entrega el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a viudas/os, cónyuges, huérfanos y a falta de estos, a la madre o el padre que depende económicamente del afiliado o jubilado fallecido, que generaron el derecho.

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Este beneficio se origina por dos motivaciones:

  • El jubilado fallecido que recibía pensión de invalidez, vejez o discapacidad.
  • El afiliado activo fallecido que al momento de su muerte tuvo abonadas por lo menos (60) imposiciones mensuales (5 años de aportes) o que se encuentre dentro del periodo de protección del seguro de muerte.

Estefanía Vásconez, responsable del grupo Montepío IESS, afirma que el monto de la pensión se distribuye en un 60 % para la viuda/viudo y el 40 % para los hijos y a falta de ellos para los padres.

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Vásconez explicó -en una entrevista al canal de la Universidad Católica- que hay circunstancias en las que se pierde este montepío.

  1. Cuando la viuda o viudo contrajera matrimonio.
  2. En el caso de los hijos cuando cumplan los 18 años.
  3. Respecto a los hijos con discapacidad cuando sus condiciones físicas mejoren.
  4. Y en el caso de las madres ocurre cuando su situación económica mejora. Igual para los padres.

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¿Cómo se controlan estos aspectos?

Según Vásconez, el IESS hace un cruce con la plataforma del Registro Civil para recibir la notificación, por ejemplo, cuando una viuda/o contrae matrimonio. Y con esto la renta se da de baja.

“Ahora si es que entra en una unión libre y no se registra, ahí se puede complicar un poco”, sostiene.

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La funcionaria pública, además, señala que cuando una joven se casa con un adulto mayor y este fallece meses después, no se activa el montepío.

“Nosotros tenemos que comprobar que tienen hijos y si no hay, establecemos que no hubo una convivencia y tienen una negación, de acuerdo a nuestras normativas legales. Sí hemos tenido estos casos, pero en nuestro entorno ha habido parejas que han convivido, pero no han formalizado, a veces el esposo está en sus últimos años y se casan, ahí ellos acceden porque la normativa lo permite”, explica. (I)

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