La deportación es la palabra, y la acción, que un inmigrante no desea escuchar. Por ello, hoy te recordamos qué hecho o error que cometas puede incidir para que seas blanco de tan grave medida en los Estados Unidos.

El primer error que conduce una posible deportación es mentir u omitir “intencionadamente” información en un trámite migratorio, expone a Univisión el abogado Jaime Barrón, experto en temas de inmigración. Por su experiencia puede decir que es un “error bastante frecuente”.

No ser honesto con tu representante legal y tratar de esconder intencionadamente información determinante”, es delicado. Barrón señala que “someter información falsificada para obtener un beneficio tal como asilo, por citar un ejemplo, es un delito serio”.

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“Tener antecedentes criminales o haber cometido un delito que lo haya convertido en deportable y ocultarlo, “no solo le negarán el trámite, sino que recibirá una orden de deportación de Estados Unidos”, asevera Barrón.

No presentarse al llamado de la ley es otro error. Explica Alex Gálvez, abogado también, a Univisión que “no acudir a la cita ante el juez de inmigración. Automáticamente, la corte emitirá una orden de deportación en ausencia”.

La única manera de revertir la expulsión –opina Gálvez- “es demostrándole a la corte que hubo un error en la emisión de la Notificación de Comparecencia (NTA), como por ejemplo fue enviada a una dirección equivocada y/o no tenía correctamente la dirección del tribunal, y por una razón de enfermedad justificada con un informe médico”.

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Gálvez suma a la lista de errores que debes evitar el incumplimiento de la salida voluntaria, que al ser violado los términos del abandono de Estados Unidos se convierte en una orden final de deportación.

Una deportación de por vida te pueden notificar y para ello la persona ha " regresado indocumentado a Estados Unidos después de una deportación”. Esa es “una falta que se convierte en crimen y se conoce como re-entry, delito que se castiga con multa, cárcel y a veces con la deportación de por vida”, señala la cadena noticiosa al consultar con este abogado que labora en California.

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Otros errores

Univisión recuerda tres más:

  • Quedarse más allá del tiempo permitido por las visas que utilizaron para ingresar a Estados Unidos;
  • Utilizar documentos falsos o de otra persona;
  • Trabajar en Estados Unidos sin autorización.

Prioridades de deportación del DHS

De acuerdo con los abogados, dedicados a temas migratorios, señalaron a Univisión que “otro error frecuente es no conocer las prioridades de deportación del Gobierno de Joe Biden”.

Son tres y las confirmó, afirma el medio, la Corte Suprema de Justicia

•Prioridad 1. Seguridad nacional. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si él o ella ha participado o es sospechoso de participar en actos de terrorismo o relacionados con actividades terroristas; él o ella se ha involucrado o es sospechoso de participar en actividades de espionaje o relacionadas con actividades de espionaje; o su aprehensión, arresto o custodia es necesaria para proteger la seguridad nacional de Estados Unidos.

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•Prioridad 2. Seguridad fronteriza. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si fue detenido en la frontera o en un puerto de entrada mientras intentaba entrar ilegalmente a Estados Unidos a partir del 1 de noviembre de 2020; o él o ella no estuvo físicamente presente en Estados Unidos antes del 1 de noviembre de 2020.

•Prioridad 3. Seguridad pública. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si representa una amenaza para la seguridad pública y él o ella ha sido condenado por un delito grave según se define en la sección 101 (a) (43) de el INA; o ha sido condenado por un delito por el que estuvo activa participación en una pandilla criminal callejera, como se define en 18 U.S.C. § 521 (a) no menor de 16 años y participó intencionalmente en un crimen organizado pandilla u organización criminal transnacional para promover la actividad ilegal de la pandilla u organización criminal transnacional.

Fraude de ciudadanía en Estados Unidos

En este punto en el site de USCIS explican que de acuerdo con la decisión precedente de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) del Departamento de Justicia (DOJ) en el caso Zhang (Matter of Zhang) de 2019 :

No es necesario que las declaraciones falsas de ciudadanía estadounidense sean hechas a sabiendas para que un extranjero resulte deportable bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

El Manual de Políticas también aplica la decisión de BIA (Junta de Apelaciones de Inmigración) al reclamo falso de inadmisibilidad de ciudadanía estadounidense, ya que es prácticamente idéntico al motivo de deportabilidad.

Según la ley, un extranjero es inadmisible o deportable si el extranjero se representa falsamente a sí mismo como ciudadano de Estados Unidos para cualquier propósito o beneficio bajo la ley de inmigración o bajo otra ley federal o estatal.

La única excepción que el Congreso estableció a la causal de inadmisibilidad por declaración falsa de ciudadanía estadounidense requiere que cada padre del extranjero sea o hubiese sido ciudadano estadounidense, el extranjero hubiese residido permanentemente en Estados Unidos antes de los 16 años, y el extranjero creyera razonablemente que era ciudadano estadounidense cuando afirmaba serlo.

(I)

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