La píldora del día siguiente, el anticonceptivo oral de emergencia, se entregará gratuitamente en cualquier centro de salud de Perú, según una disposición del Tribunal Constitucional. Se dispone, además, que se debe entregar información previa y puntualizar que esta píldora solo debe usarse en casos excepcionales, pues no reemplaza a los métodos anticonceptivos ordinarios.

El Ministerio de Salud de Perú deberá acogerse a esta medida por una demanda interpuesta por Violeta Cristina Gómez Hinostroza, que acusó al Minsa de vulnerar derechos reproductivos y sus derechos a recibir información, a la igualdad y a no ser discriminada.

Según el fundamento 41, “los derechos reproductivos se circunscriben al reconocimiento de las personas, en este caso de la mujer, de decidir libre y responsablemente si desea tener hijos, la oportunidad de la reproducción, con qué frecuencia, cuántos hijos tener, elección de la persona con quien desea tener hijos, o elegir el método anticonceptivo de su preferencia”.

Publicidad

La Organización Mundial de la Salud, la FDA y el Ministerio de Salud de Perú determinaron que la píldora, cuyo nombre científico es levonorgestrel, no es abortiva, por lo que no hay razón para evitar que la ciudadanía tenga acceso a ella.

El Tribunal Constitucional también aseguró que la distribución de la píldora anticonceptiva debe desarrollarse como parte de la política pública de planificación familiar. (I)

Foto: RPP