“En esta audiencia de juicio la Fiscalía aprobará que se ha formado un grupo organizado de más de dos personas, quienes de forma reiterada y concertada, es decir, no de manera fortuita, sino más bien de una manera planeada, planificada y estructurada han cometido delitos de más de cinco años, incluso con roles definidos”. Con esa propuesta la fiscal Lidia Sarabia arrancó, la mañana de este viernes 11 de abril, los alegatos de apertura dentro de la audiencia de juzgamiento que se instaló por el delito de delincuencia organizada contra el expresidente Abdalá Bucaram Ortiz, su hijo Jacobo Bucaram Pulley, el exagente de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) de Quito Leandro Berrones y el israelí Sheinman Oren.

La diligencia de juicio se logró instalar luego de siete diferimientos previos y bajo el Tribunal Penal de Pichincha, integrado por los jueces Gandhy Cervantes (ponente), Ivonne Vásquez y Pablo Coello. Ni el expresidente Bucaram ni su hijo Jacobo asistieron personalmente a la Sala 407 del Complejo Judicial Norte, en Quito. Ambos recibieron la autorización de Cervantes para conectarse vía Zoom, pues en el caso de Bucaram padre comprobó que mantenía problemas de salud y eso le hacía estar conectado a un equipo de respiración y con cuidados médicos especializados.

Antes de la instalación de la etapa de juicio, el Tribunal resolvió los pedidos de revisión de las medidas cautelares que pesaban sobre Sheinman Oren y el ex primer mandatario. En el primer caso la Fiscalía desistió del pedido de revisión, mientras que en el caso de Abdalá Bucaram, por voto unánime, los jueces negaron la revisión de medidas, es decir, no se dio paso a que se le retire el grillete electrónico ni se le levante la prohibición de salida del país que mantiene.

Publicidad

Abdalá Bucaram y su hijo Jacobo enfrentan en Quito una audiencia de juzgamiento por el delito de delincuencia organizada

Sarabia aseguró que probará que en este caso para cometer las irregularidades investigadas existieron reuniones, concertaciones y relación telefónica; que la comisión de delitos cede con el fin de obtener beneficios de orden material o económico, aprovechando el estado de excepción y adecuando su conducta a lo que establece y sanciona el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), una delincuencia organizada.

Respecto del ámbito temporal en el que ocurrieron los hechos, la fiscal Sarabia sostuvo que estos han sido cometidos a partir del mes de marzo hasta agosto de 2020.

En cambio, en lo que respecta al “ámbito espacial”, según Sarabia, el delito ha sido cometido en la provincia de Pichincha, donde comercializaban insumos médicos; en Guayas, donde comercializaban insumos médicos y almacenaban los insumos médicos denunciados en Pichincha; Esmeraldas, en donde se reunían en mayo de 2020 en Casa Ponce; y en Santa Elena, donde se habrían reunido en el mes de mayo de 2020 en un departamento y fueron aprehendidos en delito flagrante.

Publicidad

La fiscal Lidia Sarabia aseguró al Tribunal que probará que Leandro Berrones es autor directo del delito de delincuencia organizada, pues participó en reuniones, en la comercialización y en actos reñidos con la ley, siendo agente de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), es decir, funcionario público.

En relación con Sheinman Oren dijo que probará que es autor directo, debido a que comercializaba irregularmente pruebas COVID sin cumplir con obligaciones tributarias, que vendió este material a Jacobo Bucaram sin documentos tributarios y recibió dinero en efectivo y que incluso fue detenido con dinero en efectivo y fungiendo ser agente de la DEA, con una credencial falsa.

Publicidad

Respecto de Jacobo Bucaram Pulley, Sarabia refirió que a él se lo ubica como autor directo del delito de delincuencia organizada en calidad de colaborador. Sostuvo que él adquirió pruebas denunciadas en Quito sin documentos tributarios, con dinero que no se encontraría reflejado en el sistema financiero, ni en el Servicio de Rentas Internas (SRI), sin que se conozca su legal procedencia en montos mayores a los umbrales permitidos en nuestro país por las normas.

QUITO (11-04-2025).- En el Complejo Judicial Norte se realizó la audiencia en el caso Delincuencia Organizada, en dicha diligencia el expresidente Abdalá Bucaram estuvo presente vía Zoom. Carlos Granja Medranda /  EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Además, dijo que probará que posteriormente amenazó e intimidó al israelí asesinado en la cárcel Shay Dahan, que le pidió que cambie su versión y le ofreció seguridad de Los Choneros en el interior del Centro de Privación de la Libertad en el que se encontraba. También habría intervenido en el ocultamiento de los delitos.

Finalmente, al expresidente Abdalá Bucaram Ortiz lo ubicó como autor directo en calidad de colaborador, pues, anotó, almacenó en su domicilio insumos médicos denunciados sin justificar su legal tenencia y procedencia y sin documento tributario, ofreció negociar en los tribunales de justicia, pidió a Shay Dahan cambiar su versión y participó en el ocultamiento de los delitos en lo principal.

Adelantó la fiscal que en esta audiencia probará la existencia de agravantes, como utilizar credenciales falsas, los falsos agentes de la DEA; utilizar indebidamente insignias, uniformes, denominaciones, agentes de la ANT para facilitar el cometimiento de las infracciones; aprovechar las condiciones de servidor público de la AMT; y aprovecharse de una calamidad pública por estado de emergencia mundial por el COVID-19 para cometer la infracción.

Publicidad

Expresidente Abdalá Bucaram se encuentra en cuidados intensivos en una clínica de Guayaquil

Los alegatos de inicio de los acusados

Abdalá Bucaram Ortiz:

José Moreno aseguró en su “alegato de apertura” que es respetuoso del alegato planteado por la fiscal Sarabia, pero que desde ya lo impugna, porque, según él, no podrá la Fiscalía demostrar ninguno de los actos que ha ofrecido probar en lo que denomina su teoría del caso.

“Se acaba de manifestar que mi defendido encaja su conducta en el inciso segundo, como colaborador, de lo establecido en el artículo 369 del COIP. A esto, esta defensa debe de expresar a ustedes que la Fiscalía no podrá demostrar lo ofertado procesalmente y esta defensa demostrará la no existencia material de ninguna organización criminal y, consecuentemente, la no participación directa en calidad de autor por parte de mi defendido”, anotó Moreno.

El abogado del expresidente resaltó lo que para él es un vacío en la oferta probatoria y es que la fiscal Sarabia no habría ofrecido probar en juicio que lo que presuntamente su cliente ocultó en su casa hayan sido insumos médicos pertenecientes a alguna institución del Estado.

“Demostraremos que, en efecto, sí hubo una negociación de insumos médicos en plena cuarentena, pero estos insumos médicos eran de acto privado de un importador ecuatoriano que los introdujo legalmente al Ecuador y que los vendió hasta que finalmente llegó a un distribuidor en la ciudad de Guayaquil, uno de los distribuidores, Abdalá Bucaram. ¿Correcto? Se acabó en estos momentos de desnudar la verdad oculta. Los insumos no eran propiedad del Estado ni pertenecían al hospital Teodoro Maldonado Carbo, de Guayaquil, como en cierta ocasión en rueda de prensa la señora fiscal general del Estado, acompañada de la ministra María Paula Romo, lo dijo públicamente. (...) Se les ha partido entonces el argumento sostenido en la formulación de cargos, el argumento sostenido en la audiencia preparatoria y hoy en el alegato inicial”, concluyó.

Sheinman Oren:

El abogado Antonio Salazar, defensa del israelí Sheinman Oren, sostuvo que ellos estarán en la capacidad de probar que no existió una organización criminal con la cual pretenden asociar a su cliente y que más bien se probará que en este caso únicamente se organizaron actos de comercialización respecto de productos privados entre privados.

“Fiscalía no tendrá la capacidad de probar que haya existido una organización criminal, que mi defendido haya sido parte de esa organización criminal, y más aún no podrá probar el rol que supuestamente mantenía mi detenido dentro de la organización que ha manifestado la Fiscalía. Tenemos la capacidad de demostrar que mi detenido ha colaborado en todo momento con el proceso y que no ha querido evadir nunca las investigaciones y que eso únicamente se trataba de un chivo expiatorio. Esta defensa tiene la capacidad de probar que no se adecúa a la conducta o el tipo penal del artículo 329 que me ha manifestado Fiscalía en contra de mi detenido”, aclaró Salazar.

Leandro Berrones:

Para Diego Córdova Raza, abogado defensor del exagente de la AMT Leandro Berrones, en la presente audiencia a su cliente no le corresponde demostrar absolutamente nada, pues llega cobijado y protegido por el artículo 76.2 de la Constitución de la República del Ecuador, esto es la presunción de inocencia. “Ese muro de concreto que Fiscalía tiene la obligación de no solo tocar o tratar de manchar, sino que tiene que pulverizarlo en su totalidad”, refirió.

Córdova explicó que mediante toda la prueba que se exhibirá en la audiencia de juzgamiento se verificará que la conducta de Leandro Berrones, en el periodo establecido de marzo a agosto de 2020, no se adecúa a lo establecido, certificado y sancionado en el artículo 369 del COIP. Desde su perspectiva, la Fiscalía bajo ningún concepto podrá demostrar los elementos materiales y las exigencias prácticas de una delincuencia organizada.

Jacobo Bucaram Pulley:

El abogado Alfredo Arboleda, defensa de Jacobo Bucaram, indicó que llegan a esta diligencia no a probar su inocencia, pues será la Fiscalía la que deberá probar, junto con sus pruebas documentales, testimoniales y periciales, lo que ha sostenido en su acusación en su “alegato de apertura”.

Más allá de esa situación, el abogado refirió que lo que sí demostrará en el desarrollo de la audiencia son cuestiones claras para a partir de eso poder sentenciar a una persona por delincuencia analizada.

“Mi defendido no ha pertenecido a ninguna estructura delincuencial como lo determina el artículo 369; voy a determinar que no existe ningún rol por parte de Jacobo Bucaram dentro de la supuesta delincuencia analizada; voy a determinar que la supuesta relación que se quiere vincular a Jacobo Bucaram con esta supuesta delincuencia analizada no ha sido ni siquiera ni permanente ni reiterada como no ha manifestado”, sostuvo.

Según Arboleda, un hecho que para esa defensa es claro es que la teoría del caso no debería cambiar a lo largo de la propuesta por parte de la Fiscalía, refiriendo que el alegato de apertura que hoy la Fiscalía manifestó trae otra temporalidad del delito que a él le alegra. “Me alegra porque precisamente es dejar libre a uno de nuestros defendidos que cuando venga el proceso lo entenderán. Quiero ratificar que la Fiscalía ha determinado que la temporalidad es de marzo-agosto del 2020. Sobre aquello va a versar nuestra estrategia jurídica”. (I)