La Corte Nacional de Justicia (CNJ) seleccionó a dos hombres y una mujer para conformar la terna de la que se escogerá a la máxima autoridad del Consejo de la Judicatura (CJ).

El pleno de la Corte definió los nombres durante una sesión extraordinaria realizada la tarde del jueves 23 de mayo.

La terna está integrada por:

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  • Telmo Molina Cáceres: juez de Garantías Penales y Jurisdiccionales de Quito.
  • Dunia Martínez Molina: exintegrante de la Comisión Calificadora para la renovación de juezas y jueces de la Corte Constitucional.
  • Hugo Landívar Orellana: abogado experto en derecho constitucional.

El presidente de la Corte Nacional de Justicia, José Suing, enviará la lista de los candidatos al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para que prosiga con el proceso de designación de la nueva autoridad.

La persona que resulte seleccionada reemplazará en el cargo a Álvaro Román, quien preside el Consejo de la Judicatura de manera temporal.

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De los tres candidatos escogidos por la CNJ, Hugo Fabricio Landívar Orellana consta en la directiva nacional del movimiento político Acción Nacional Democrática (ADN), organización política del presidente de la República, Daniel Noboa.

El movimiento ADN fue inscrito por el Consejo Nacional Electoral (CNE) apenas unas horas antes de que la Corte Nacional decida sobre la terna que enviará al CPCCS.

El nombre y número de cédula de Landívar Orellana está plasmado en el informe técnico aprobado por el CNE, donde se enlista a las personas que conforman la directiva del movimiento. Él aparece como coordinador político de ADN.

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Adicionalmente, Landívar Orellana también es funcionario del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES). Así consta en documentos oficiales de abril de este año, en los que firma como coordinador general de asesoría jurídica.

Respecto de la elección para vocales del Consejo de la Judicatura, no existe impedimento legal para que una persona que venga de una organización política pueda ocupar el cargo. No lo prohíbe ni la Constitución ni el reglamento del proceso de selección de vocales. (I)