Son nueve pasos que deben seguir los vocales de las juntas receptoras del voto para cuidar que los electores respeten la prohibición de usar teléfonos celulares o dispositivos electrónicos para tomar foto de la papeleta rayada en los comicios presidenciales del próximo 13 de abril.
El presidente-candidato Daniel Noboa, de ADN, lista 7, y Luisa González, de RC-RETO, listas 5-33, se disputan la Presidencia de la República en una segunda vuelta.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó un protocolo que deben seguir las juntas. EL UNIVERSO publica a continuación el paso a paso.
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Así deben actuar los miembros de las juntas receptoras del voto
1. El secretario solicita al elector el original de la cédula o pasaporte y verifica que este conste en el padrón electoral; si es militar o policía solicita la cédula y la “credencial para votar” y verifica que los datos coincidan.
2. El presidente ubica el certificado de votación en el padrón electoral.
3. El segundo vocal informa al elector que no puede utilizar dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos durante el sufragio y procede a la entrega de la papeleta de votación para que ejerza su derecho al voto.
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4. Los miembros de las juntas receptoras del voto controlarán que el elector en el momento del sufragio no utilice dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos sin invadir el espacio del elector de manera que se garantice el secreto del voto.
5. El secretario recepta la firma o huella dactilar del elector en el padrón electoral y rellena el círculo ubicado a la derecha de la firma. En caso de ser militar o policía, pega la “credencial para votar” en la página del padrón reservada para militares y policías en servicio activo y recepta la firma.
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6. El presidente de la junta receptora del voto suscribe y entrega el certificado de votación y la cédula o pasaporte al elector.
7. Una vez que el elector ha culminado con la fase de sufragio y recibido su certificado de votación podrá hacer uso de sus dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos.
8. En caso de que un elector incumpla lo establecido en este protocolo, el secretario de la junta receptora del voto llenará la “Boleta de presunto cometimiento de infracción electoral” con los datos del elector que constan en el padrón electoral; la copia se entregará al elector y el original al coordinador de mesa.
9. Los coordinadores de mesa entregarán la “Boleta de presunto cometimiento de infracción electoral” a la Delegación Provincial Electoral.
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La presidenta del CNE, Diana Atamaint, explicó hace pocos días que es el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el organismo que debe determinar si en efecto existió o no una infracción; este debe citar al elector para que presente sus pruebas de descargo y luego realizará el análisis.
Las sanciones previstas en el Código de la Democracia son multas que van entre los $ 9.870 y los $ 32.900 y la pérdida de los derechos políticos. (I)