En los dos sentidos de la vía del puente de la Unidad Nacional entre Guayaquil y Durán estaban colocadas pancartas con la propaganda electoral de la prefecta del Guayas, Susana González, quien va por la reelección en las elecciones del próximo 5 de febrero.

González es candidata por la alianza Partido Social Cristiano (PSC)-Madera de Guerrero (MG), listas 6-75.

A través de redes sociales se han difundido videos en los que se ve a personas retirando los carteles que contenían alternadamente el rostro de González y textos cortos.

Publicidad

La orden de retiro habría venido del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), según se lee en las publicaciones de las redes sociales. Información que ratificada por la cartera de Estado, que publicó un comunicado en sus redes sociales en la noche del 1 de enero.

“Informamos que hemos procedido con el retiro de vallas publicitarias colocadas en el Puente de la Unidad Nacional, en Guayaquil. Existe un marco normativo que otorga al Gobierno Nacional, a través de MTOP, la facultad de regular y controlar la colocación de vallas en la Red Vial Estatal”, se lee en la misiva.

“Invitamos a todos los movimientos políticos a respetar las leyes vigentes. Desde MTOP mantendremos una vigilancia activa en la Red Vial”, agregaron.

Publicidad

Control de la campaña electoral anticipada, a la espera de un contrato para monitorear más de 500 medios de comunicación

En uno de los videos se muestra a un agente de tránsito que pide continuar a los conductores y pasos más adelante están vehículos, entre ellos, de la Policía Nacional, una patrulla de caminos y una volqueta, en la que se colocan los letreros que bajan dos personas.

Decenas de comentarios surgieron a raíz de ello, la mayoría en contra, por considerarse campaña anticipada e irrespetar el calendario electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Publicidad

Según lo propuesto por el CNE, la campaña electoral se inicia este martes 3 de enero y se extenderá hasta el 2 de febrero.

Según el artículo 208 del Código de la Democracia, desde la convocatoria a elecciones (21 de agosto) hasta el inicio de la campaña electoral (3 de enero de 2023) las organizaciones políticas podrán realizar por su iniciativa las actividades tendentes a difundir sus principios ideológicos, programas de gobierno y planes de trabajo, siempre que no implique la contratación en prensa, radio, televisión, medios digitales y vallas publicitarias.

Articulado a ello, en el artículo 278, numerales 7 y 9, la campaña anticipada es tipificada como una infracción electoral grave que, de confirmarse, determina una sanción con multas desde 11 salarios básicos hasta 20 y/o suspensión de derechos de participación de seis meses hasta dos años a quienes realicen actos de campaña anticipada o precampaña electoral. (I)