Disposiciones como que los centros educativos “garanticen y respeten el uso del ‘nombre social’ de los niños, niñas y adolescentes”, así como “promover los baños como un espacio seguro y respetuoso ‘para todos’” y hasta “promover el uso del uniforme escolar de manera homogénea para todos los estudiantes” constan en el “Protocolo de acompañamiento de niñas, niños y adolescentes para el reconocimiento de la identidad de género en la comunidad educativa”.
Este documento, elaborado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, está en vigencia desde el pasado 27 de octubre, cuando se publicó en el Registro Oficial.
Y se deriva de una sentencia de la Corte Constitucional (CC), del 24 de noviembre de 2024, respecto a una acción extraordinaria de protección relacionada con el caso de una niña, de 5 años, que fue discriminada en una escuela de Santa Elena.
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Los hechos se produjeron desde octubre de 2017, cuando la Defensoría del Pueblo, en representación de una pareja (padre y madre), impulsaron una acción de protección en contra de una unidad educativa de esa jurisdicción porque no acompañó a la niña “en su proceso de congruencia de género”. Esta se admitió a trámite en 2018.
Una de las medidas de reparación fue que el ministerio elaborara, en un plazo de seis meses, una “guía de orientaciones técnicas para prevenir y combatir la discriminación por diversidad sexual e identidad de género en el sistema educativo nacional”.
En el texto se detalla una serie de indicaciones para los centros educativos, personal docente y administrativo, estudiantes y padres de familia con el objetivo “prevenir prácticas discriminatorias, garantizar el respeto y fomentar una convivencia basada en el respeto, generando espacios seguros, inclusivos y acogedores para todas y todos los estudiantes”, para detectar situaciones de violencia y discriminación por identidad de género y mecanismos para sancionarlas.
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Entre estas disposiciones están, por ejemplo, las siguientes:
- Impulsar espacios de formación continua sobre identidad, prevención de la violencia y no discriminación, dirigidos al personal directivo, docente, administrativo y familias, con énfasis en la construcción de comunidades educativas inclusivas y seguras.
- En todas las actuaciones institucionales prevalecerán los derechos de niñas, niños y adolescentes sobre creencias personales, convicciones religiosas o criterios individuales, evitando que estos interfieran con la protección integral y el pleno ejercicio de derechos, especialmente en casos de violencia o discriminación por razones de género.
- Promover la creación del Código de Convivencia con participación inclusiva de toda la comunidad educativa, a fin de asegurar la participación de todos los estudiantes sin distinción de identidad.
- Promover los baños como espacios seguros y respetuosos para todos los estudiantes, estableciendo medidas que protejan su bienestar.
- Garantizar el uso del uniforme escolar de manera homogénea para todos los estudiantes, a fin de prevenir actos de violencia y/o discriminación.
- Promover que los contenidos y las dinámicas pedagógicas de los docentes estén libres de estereotipos, prejuicios o mensajes que fomenten discriminación y/o violencia, impulsando enfoques que reconozcan la diversidad.
- Garantizar y difundir canales seguros y confidenciales para que los estudiantes puedan expresarse, ser escuchados y sentirse protegidos.
- Promover una cultura de paz, respeto y no discriminación entre estudiantes, reconociendo la diversidad de identidades y expresiones de género como parte de la convivencia armónica y democrática.
- Contribuir a generar entornos de apoyo entre estudiantes que se encuentren en procesos de reconocimiento o expresión de su identidad de manera cómoda y segura.
- Fomentar un trato respetuoso evitando cualquier tipo de comentario, burla o expresión discriminatoria en la comunidad educativa en entornos físicos y digitales.
Entre las señales de violencia se especifican las siguientes:
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- Uso de apodos, burlas o expresiones denigrantes hacia estudiantes debido a su identidad.
- Exclusión intencional de actividades académicas, lúdicas o sociales como estrategia de marginación.
- Actos de intimidación o acoso, verbales y/o físicos, dirigidos contra estudiantes por motivos relacionados con su identidad.
- Difusión de rumores, comentarios malintencionados o contenido humillante, incluso a través de redes sociales o medios digitales.
- Agresiones físicas (empujones, golpes, destrucción de pertenencias, entre otros) por motivos relacionados con su identidad.
- Comentarios negativos sobre la apariencia, vestimenta o estética de estudiantes, especialmente si esta se vincula con expresiones de género no convencionales.
- Expectativas bajas o desinterés declarado frente al desempeño académico del estudiante.
Reacciones
Activistas se pronunciaron en redes sociales en contra y a favor de esta reglamentación.
Por ejemplo, el movimiento Firmes, liderado por el jurista Andrés Santos, publicó una carta abierta al presidente Daniel Noboa, en la cual le reclama por la emisión de este documento oficial.
“¿Cómo es posible que, en vísperas de un proceso histórico como la constituyente, se adopten medidas inspiradas en la misma ideología aberrante que dio origen a la Constitución de Montecristi? La misma que usted manifestó su voluntad de eliminar para rescatar los principios y el orden en la patria. No se puede avanzar firme hacia una verdadera regeneración nacional si cedemos ante las presiones de la Corte Constitucional y de grupos radicales que promueven agendas contrarias a la identidad, la cultura y la dignidad del pueblo ecuatoriano”, dijo.
El grupo exigió “la inmediata derogatoria” del acuerdo ministerial y que el Gobierno “manifieste públicamente que no acatará la sentencia de la Corte Constitucional por contravenir los valores superiores de la nación ecuatoriana”.
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CARTA DEL MOVIMIENTO FIRMES AL PRESIDENTE DANIEL NOBOA EN PROTESTA POR EL PROTOCOLO DE LA "NIÑEZ TRANSEXUAL".
— FIRMES 🇪🇨 (@firmes_ec) October 30, 2025
Señor Presidente @DanielNoboaOk,
Hace pocos días, por orden de la Corte Constitucional, la Ministra de Educación, @AlegriaCrespo, emitió el “Protocolo para el… pic.twitter.com/rRLEjMEgPh
En tanto que la activista Gabriela Idrovo cuestionó la declaración de este grupo porque, a su criterio, dice estar protegiendo la infancia, “pero lo que promueve en realidad es su derecho a discriminar”.
“Utilizan a los niños como excusa, en tanto perpetúan las mismas prácticas que han condenado durante años a jóvenes a vivir bajo la vergüenza, el silencio e incluso el suicidio. El protocolo que atacan no impone ideologías ni fomenta perversiones, como intentan hacer creer mediante discursos trasnochados. Por el contrario, ese documento busca proteger vidas y surge de una sentencia de la Corte Constitucional (no de un capricho político), con el propósito de garantizar derechos esenciales: ser reconocido, respetado y acompañado en las escuelas sin sufrir violencia”, expuso la comunicadora.
CARTA ABIERTA AL MOVIMIENTO FIRMES
— Gabi Guerrero Idrovo (@gabiguerreroi) October 30, 2025
Estimados integrantes del denominado Movimiento FIRMES:
Hoy han difundido una carta dirigida al presidente Daniel Noboa, cargada de falsedades, fanatismo y desinformación sobre el “Protocolo para el Reconocimiento de la Identidad de Género… https://t.co/SQ7Ku0b4oE
La historia del caso
Según consta en el expediente del caso llamado Salinas, que reposa en la Corte Constitucional, los padres de la menor, de origen español y quien se encontraba en proceso de reivindicar su género, pidieron a la institución que se le dé acompañamiento y haya un proceso de sensibilización y capacitación al personal y a los estudiantes.
Sin embargo, “hubo desinterés” y se omitieron “los protocolos de actuación frente a situaciones de violencia”, porque se la apartaba de la “formación de las niñas, no se le permitía utilizar su nombre social, era excluida de actividades sociales por su identidad de género y, pese a los pedidos, no se cumplían protocolos de atención y protección y no se acataban las recomendaciones de los profesionales”.
Tampoco la habían dejado graduarse junto con sus compañeros de la escuela e hicieron el acto en la puerta de su casa. Incluso, en el diploma no le pusieron el nombre con el que ella se reconocía.
Los jueces constitucionales consideraron que la escuela adoptó medidas de tipo abstentivo, como rechazar el empleo del nombre social, le impidió utilizar el baño de las niñas, le prohibió que utilice el uniforme consonante a su identidad de género y requirió informes de “transexualidad” para poder reunirse con los padres.
Esto “impidió que la niña pueda ejercer su derecho a la identidad de género”, según el fallo de noviembre de 2024.
La Corte concluyó que se vulneró el derecho al debido proceso en la garantía de motivación por parte de la Unidad Judicial contra la Violencia a la Mujer o Miembros del Núcleo Familiar de Santa Elena, que declaró sin lugar la acción de protección, y la Sala Única de la Corte Provincial de Justicia por ratificar la sentencia de primera instancia. (I)



















