Eduardo Édison M. C. fue sentenciado a 29 años y cuatro meses de cárcel como autor del delito de violación perpetrado contra una chica de 12 años.

Para la Fiscalía era necesario imponer la pena máxima agravada, pues el acusado actuó con varias circunstancias que agravan el delito, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), y que, además, es reincidente.

En Cotopaxi, militar es señalado de violar a sus dos hermanastros

En la audiencia de juicio, la entidad recordó que en 2008 el procesado ya fue sentenciado por el mismo delito, cumpliendo una pena de dieciséis años.

Publicidad

Además, en la Fiscalía se tramitan al menos catorce procesos adicionales -contra el implicado- por causas relacionadas con violación.

Los hechos ocurrieron la tarde del 28 de febrero de 2024. La muchacha salía de la escuela donde estudiaba cuando fue abordada por Eduardo Édison M. C., quien la amenazó con un cuchillo y fue llevada a una zona desolada del bosque protector de Cochapamba, en el norte de Quito, donde se cometió la agresión.

Según el testimonio anticipado rendido por la víctima que fue reproducido como prueba de Fiscalía en la audiencia de juicio, luego de ultrajarla, el agresor le ofreció $ 5 y le pidió que rece por él.

Publicidad

Hombre fue aprehendido en hostal de Quito cuando presuntamente abusaba sexualmente de menor, de 13 años

Entre los principales elementos probatorios constan: el examen ginecológico practicado a la joven, una experticia de ADN que confirmó que el perfil genético hallado en el cuerpo de la víctima corresponde al del procesado.

Además, se incorporó el testimonio de la perita psicóloga, quien ratificó que la adolescente sufría de miedo extremo a la presencia de hombres adultos, además de pesadillas y temor constante.

Publicidad

Con base en estas y otras pruebas, un tribunal, por unanimidad, declaró culpable a Eduardo Édison M. C. y le impuso, además de la pena privativa de libertad, el pago de una multa de 800 salarios básicos unificados, es decir, más de $ 370.000 y $ 5.000 como reparación integral a favor de la víctima.

También dispuso que la adolescente reciba tratamiento psicológico a cargo del Ministerio de Salud Pública (MSP).

Este caso fue sentenciado por el delito de violación, tipificado en el artículo 171, inciso primero, numerales 2 y 3 del COIP, al haberse cometido bajo amenazas y en perjuicio de una persona menor de 14 años.

La pena se incrementó en un tercio, conforme lo establece el artículo 57 del mismo cuerpo legal, por tratarse de una reincidencia en el delito, informó la Fiscalía. (I)

Publicidad