Una de las personas asesinadas en la avenida Pedro Menéndez Gilbert, cerca de Puerto Santa, registraba un antecedente penales por tenencias de sustancias sujetas a fiscalización.
Esta persona, de 33 años, fue acribillada cuando se encontraba con dos personas más en la avenida Menéndez Gilbert, el jueves anterior. Otras dos personas más murieron en ese hecho.
De acuerdo a las investigaciones preliminares, este triple crimen estaría motivado presumiblemente por delincuencia común y amenazas.
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Según la Policía, sobre las circunstancias del hecho, dos jóvenes, incluyendo el que estuvo proceso, habían detenido la marcha de su auto por un desperfecto mecánico y esperaron en la vía durante varios minutos. Luego, un mecánico arribó al sitio para asistirlos y de manera repentina, sujetos a bordo de otro auto llegaron a la zona para atacarlos.
Las otras dos víctimas, según la Policía, no tenían ningún registro judicial. Una de ella era mecánico y colaboraba con el servicio de manera particular.
En el 2011, el joven que tenía un antecedente penal por tenencia de sustancias sujetas a fiscalización había sido internado en un hospital del centro de Guayaquil por tener dosis de aparentemente droga en su interior. Tuvo que acudir al área de emergencias por fuertes dolores estomacales en noviembre de aquel año.
Según las indagaciones, de su organismo se extrajeron 77 cápsulas envueltas con cinta de embalaje de color café y látex color blanco que contenían una sustancia de tono marrón. En la prueba preliminar de campo dio positivo para heroína con un peso de 750 gramos.
Luego, el ciudadano tuvo que seguir un proceso y enfrentar un juicio por ese caso. En el proceso de juzgamiento, él dio su testimonio para tratar de justificar las causas de la ingesta de las cápsulas, entre sus argumentos dijo que había sido amenazado para que lleve esas cápsulas.
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El sexto tribunal de Garantías Penales de Guayas le dispuso una pena de 18 meses de prisión correccional y una multa de 40 salarios mínimos vitales generales.
Por una consulta por posible nulidad, el caso pasó a la Segunda Sala Penal que ratificó la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal.
La Sala consideró que eran suficientes los elementos para establecer el nexo causal entre el hecho y la conducta del procesado.
Además, expuso que no existía prueba que lo respalde al acusado para enervar las presunciones existentes en su contra, al ser detenido en delito flagrante cuando era intervenido por las cápsulas en su organismos para ser “trasladadas a Estados Unidos”, según consta en folios judiciales. (I)
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