Los militares en Latinoamérica en general y en el Ecuador en particular, en diferentes etapas de nuestra atribulada historia, han tenido que cumplir el rol de “actores políticos”, ya sea en defensa del sistema vigente, en el desarrollo y hasta en la toma del control del Estado; todo esto, ante la debilidad de las instituciones civiles.

Los militares en servicio activo ejercieron el voto desde la Constitución de 1830 hasta 1929 que se eliminó ese derecho. En la Constitución de 2008 se devuelve este derecho a los militares en servicio activo, el temor de devolverles el derecho al voto a los militares en servicio activo era porque supuestamente iban a “politizarse”; además, en la Constitución de 1946 y en las siguientes constituciones, disponían que los militares debían colaborar para “garantizar la libertad y pureza del sufragio”.

En Chile se estableció este derecho para oficiales en 1925 y para la tropa, desde 1980. Los militares están severamente prohibidos de realizar proselitismo político y campañas electorales, dentro y fuera de los cuarteles.

La Constitución venezolana de 1999 aprobó el voto a los militares, el general (r) Francisco Visconti, impulsor de este derecho, opinó: “Con esta norma, los militares se convierten en ciudadanos con capacidad de decisión sobre los intereses nacionales”.

En Guatemala, quienes estaban a favor de este derecho invocaron a la Constitución que señala que “nadie puede ser objeto de discriminación”.

En 2003, el ministro de Defensa del Perú, declaró: “Creo en el voto de los militares”, este derecho se consagró en 2004 y por primera vez votaron en las elecciones de 2006.

¿Por quién votar?... por un auténtico estadista que crea en la democracia y en la división de poderes...

En República Dominicana, el argumento era que “oponerse al voto militar es parte de la hipocresía que inunda a nuestras cúpulas políticas y sociales”.

En Colombia se eliminó el derecho al voto a los militares en servicio activo en el gobierno de Enrique Olaya (1930-1934), ahora se vuelve a tocar el tema; se ha dicho: “El país está en mora de reconocerles el derecho al sufragio a quienes defienden la soberanía, la independencia, la integridad del territorio nacional y del orden constitucional. Está planteada una propuesta, que el art. 219 de la Constitución diga: “Los miembros de la Fuerza Pública podrán ejercer el derecho al sufragio y se les garantizará y facilitará, a través de mecanismos idóneos y oportunos, el legítimo uso del citado derecho”.

En Ecuador, ahora los militares, desde el conscripto hasta el general, estarán pensando: ¿Por quién votar? Sin duda decidirán por un auténtico estadista que crea en la democracia y en la división de poderes; que respete la Constitución y sus leyes. Que no los exacerbe, que no los descalifique, que nos los provoque, que no los divida y enfrente a la tropa en contra de los oficiales; que no socave su bien ganado prestigio, que respete sus leyes y reglamentos; que no meta la mano en los ascensos, especialmente de generales y almirantes; que mantenga los legítimos derechos de la seguridad social; que nombre un ministro de Defensa, civil o militar, hombre o mujer, que valore la importancia de unas Fuerzas Armadas victoriosas, profesionales y democráticas. (O)