La madrugada de este lunes, 24 de marzo, cinco ciudadanos fueron aprehendidos por colocar pancartas contra el gobierno de presidente-candidato Daniel Noboa en la av. Carlos Julio Arosemena, norte de Guayaquil.
Una llamada del ECU 911 alertó a la Policía Nacional para que uniformados realicen la aprehensión de los sujetos, en coordinación con el fiscal de turno. Los cinco retenidos iban en dos autos.
El ministro del Interior, John Reimberg, se pronunció al respecto y convocó a una rueda de prensa, donde mostró documentos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a fin de probar que los sujetos que colocaron las pancartas contra el gobierno de Daniel Noboa son funcionarios del Municipio de Guayaquil.
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El ministro indicó que dos de los aprehendidos son funcionarios activos del Municipio de Guayaquil, y que otro de los sujetos trabaja en una fundación de la Alcaldía. La Policía también aprehendió a dos ciudadanos más, que no presentaron vinculación con esta institución.
Las evidencias y los aprehendidos fueron llevados hasta la Unidad de Vigilancia Comunitaria (UVC) de La Florida, noroeste de la ciudad.
En su posesión se encontraron dos chalecos con logotipos del Municipio de la ciudad, y 13 pancartas con mensajes en contra del Gobierno.
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El ministro del Interior dijo que en las pancartas se mencionaba de manera malintencionada el uso de la línea telefónica 1800 Delito, la cual es manejada únicamente para receptar denuncias ciudadanas. Se exponía imágenes y mensajes contra el candidato-presidente Daniel Noboa.
El jefe de esta cartera de Estado calificó este hecho como “una falta grave y por desesperación” por parte de estos funcionarios de la Alcaldía de Guayaquil.
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“Esto sucede horas después del debate presidencial y en tiempo electoral. Que funcionarios públicos se presten para este tipo de cosas deja mucho que decir”, agregó el ministro del Interior.
Ante este hecho, la prensa consultó al ministro, ¿por qué delito se puede proceder contra los cinco sujetos aprehendidos en torno a este caso?, a lo que respondió: “La Fiscalía determinará cómo manejar este caso, yo no podría decirlo, pero nosotros seguiremos trabajando, como ustedes lo han visto, combatiendo el crimen”.
Este Diario consultó con dos abogados penalistas cuál podría ser el delito por el que se los podría acusar a los funcionarios municipales.
Para el abogado en derecho penal, Julio César Cueva, no existe delito por colocar pancartas, de acuerdo el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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Este especialista indicó que el cartel no incluye una amenaza o algo que atente contra la vida de alguien, “incluso se interpreta como una protesta que puede ser considerada dentro del ejercicio de libertad de expresión”, añadió el experto en temas judiciales.
Agregó que en estos casos el propio Municipio debió haber intervenido por el mal uso de la vía pública y que el hecho se pudo haber manejado administrativamente, pero no como un delito.
Los implicados fueron llevados hasta la Unidad de Vigilancia Comunitaria de la Florida, y luego hasta Fiscalía. Cueva calificó esto como un “error”, ya que si el fiscal no encuentra un delito, no había razón para restringir la libertad de los sujetos durante varias horas.
“Incluso, en caso de que haya una denuncia, se abre una investigación, pero si no hay delito tienen que dejarlos en libertad”, expresó Cueva.
Por otro lado, el abogado penalista Nino Cassanello señaló que los funcionarios municipales podrían ser procesados por peculado.
“Si los funcionarios cometieron el acto durante su horario laboral y utilizando vehículos municipales, podría tratarse de peculado. Al emplear recursos públicos, como los vehículos, estarían haciendo un uso indebido de los fondos.”, indicó el experto en derecho penal.
En este tipo de delitos, los implicados podrían ser sancionados con pena privativa de libertad de diez a catorce años, según el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), explicó el abogado.
En caso de que los sujetos hayan utilizado sus propios recursos para cometer el acto, la Fiscalía podría catalogar el hecho como una contravención flagrante.
Según el abogado Cassanello, esto puede ser sancionado con trabajo comunitario de hasta cincuenta horas, o pena privativa de libertad de uno a cinco días.
“En caso de que los acusados quieran apelar, igual tendrían que cumplir la sentencia, ya que la contravención flagrante no va con efectos suspensivos”, acotó Cassanello.
Ante este caso, el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, reaccionó a través de redes sociales y pidió públicamente al ministro del Interior, John Reimberg, que haga hablar a los funcionarios para que informen quiénes los enviaron a supuestamente colocar la propaganda ofensiva.
Además, indicó que estos funcionarios han sido apartados de la institución y que estaba presto a colaborar en la denuncia de ser necesario.
“Yo no me caso con nadie, no tengo esas malas prácticas. Si quisiera sacarme la responsabilidad de encima, dijera que es SABOTAJE, contratados por ADN. Pero no, yo sí doy la cara. Métalos presos y que hablen lo que tengan que hablar”, dijo. (I)