El ministro de Educación, Augusto Espinosa, insiste en que no estaba obligado a contratar pólizas para asegurar los bienes de establecimientos educativos afectados por el terremoto del 16 de abril, pues considera que el reglamento de la Contraloría que lo determina tiene un rango inferior que compromete recursos no presupuestados, y que su accionar debe juzgarse según lo que determinan la Constitución y la ley sobre sus atribuciones.

Usted argumenta que ni la Constitución ni las leyes lo obligaban a contratar seguros, pero el legislador interpelante Bayron Pacheco señala que incumplió los reglamentos, que también son válidos...
Hay que diferenciar los ámbitos. En lo político, la Constitución establece el juicio a los ministros siempre que hayan incumplido con sus funciones y las leyes; y si alguien incumple un reglamento, el ámbito en el que se tiene que resolver es el administrativo; y por tratarse de uno expedido por la Contraloría, se debe resolver por resoluciones de la misma entidad.

Pero sí se contempló ese reglamento para asegurar qué vehículos, por ejemplo.
Antes había dos instrumentos de la Contraloría que regían la posibilidad de contratación de la póliza de seguro; primero era un manual y luego, un reglamento. Todos vigentes hasta septiembre pasado. El nuevo reglamento deroga la normativa anterior e introduce el artículo 5, en donde se dice que una de las posibilidades para el cuidado de bienes es contratar pólizas de seguro.

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¿Y eso no le obligaba a contratar las pólizas?
No, porque ese artículo habría incorporado una obligación y comprometido recursos estatales; y el Código Orgánico de Finanzas Públicas dice en su disposición general segunda, que toda ley, decreto, resolución o instrumento legal o administrativo que comprometa recursos públicos se aplicará únicamente si cuenta con una fuente de financiamiento. Por lo tanto, la Contraloría debió haber solicitado al ente rector de las finanzas públicas la fuente de financiamiento. Si no, quedaba a discreción de las instituciones el incluir en el ejercicio fiscal...

¿Usted no presupuestó el seguro de los bienes?
Cómo se puede presupuestar si el nuevo reglamento entra en vigencia cuando ya estaba en curso todo el proceso de presupuestación del 2016.

¿En el 2015 tampoco presupuestaron el aseguramiento de bienes?
Le insisto que no es necesario porque el riesgo está disperso en el territorio.

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Pero el Gobierno declaró en emergencia por el volcán Cotopaxi, ¿tampoco se observó eso?
Cuando hacemos un análisis y tenemos el riesgo disperso en todo el territorio, una póliza convencional es onerosa, porque ningún desastre natural va a afectar a una porción grande de escuelas. En el desastre más grave (sismo) se afectó el 1,5%.

¿Cuántas son?
Alrededor de 500 con daños moderado y severo, de las 13.500 en todo el país. (I)

La Contraloría debió haber solicitado al ente rector de finanzas públicas la fuente de financiamiento... Mientras no se haya incluido el presupuesto no había obligatoriedad.Augusto Espinosa, ministro