Hasta el 30 de septiembre del 2025 se podrá aplicar el mecanismo de diferimiento que se encuentra en una resolución de la Junta de Política y Regulación Financiera.

La normativa permite a los bancos públicos y privados, así como a las entidades del sector financiero popular y solidario, otorgar una prórroga hasta por 180 días para el pago de las cuotas por vencer de las operaciones vigentes al 31 de marzo de 2025 o que estén por vencer en el momento de acogerse a este alivio financiero. Las cuotas diferidas se podrán trasladar al final de la tabla de amortización correspondiente.

La resolución está vigente desde el pasado 31 de marzo bajo el n.º JPRF-F-2025-0145.

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Días atrás, la presidenta de la Junta de Política y Regulación Financiera, María Paulina Vela, indicó que “el requisito para que los clientes accedan al diferimiento de sus obligaciones es que la operación esté vigente y que la institución financiera considere que es adecuado y oportuno ese diferimiento para facilitar el cumplimiento de los pagos de manera oportuna”.

Y esta semana desde esta institución se indica que “la potestad final la tiene la entidad financiera, quienes analizarán caso por caso si conviene o no dar ese alivio financiero al cliente”.

Por su parte, la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (Asobanca) también indica que el mecanismo está dirigido a operaciones de crédito que se encuentren vigentes, es decir, con cuotas por vencer.

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Y agrega que “la aplicación del mecanismo de diferimiento queda sujeta a la evaluación de cada entidad financiera. Cada banco con base en el análisis de la situación particular de cada cliente determinará la viabilidad de otorgar este tipo de alivio financiero”.

Algunos clientes han expresado su malestar porque aseguran que han acudido a algunas entidades del sistema financiero para acogerse a este alivio financiero, pero no lo logran o que les ofrecen un refinanciamiento, que es otro mecanismo que incluye intereses.

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Sobre el alivio financiero, la Asociación de Bancos Privados explica que “el objetivo de los bancos privados al otorgar estos procesos, luego de la evaluación caso por caso, es seguir apoyando a los usuarios del sistema financiero, garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad del mismo, pues no hay que olvidar que los recursos que una entidad financiera presta debe recuperarlos, pues son de los depositantes, y la principal obligación de un banco es la protección de los recursos de los depositantes”. (I)