El presidente Daniel Noboa ordenó la creación del Comité Interinstitucional de Estabilidad Financiera (CIEF), que tendrá la finalidad de coordinar y articular acciones en materia financiera para identificar los riesgos potenciales, mitigar vulnerabilidades del sistema financiero, aplicación de políticas y regulaciones, normas de control, normas técnicas, sistematizar el intercambio de información, entre otros.

El mandatario dispuso la formación del nuevo organismo mediante el Decreto Ejecutivo 343, emitido el 6 de agosto. El Comité tiene por objetivo “preservar y fortalecer la estabilidad financiera”.

Estará con formado por representantes de las siguientes instituciones públicas, quienes tendrán derecho a actuar con voz y voto:

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  • El titular del Ministerio de Finanzas, quien presidirá el CIEF
  • El presidente de la Junta de Política y Regulación Financiera
  • El presidente de la Junta de Política y Regulación Monetaria
  • El superintendente de Bancos
  • El superintendente de Economía Popular y Solidarias
  • El superintendente de Compañías, Valores y Seguros
  • El gerente general del Banco Central del Ecuador (BCE)

Adicionalmente, participará con voz, pero sin voto, el gerente general de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (Cosede).

La Secretaría Técnica del Comité estará a cargo de un funcionario designado por el gerente del Banco Central.

El Decreto Ejecutivo establece ocho acciones que deberá ejecutar el CIEF para fomentar la estabilidad financiera:

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  1. Identificar riesgos potenciales, emitir alertas y recomendaciones de política
  2. Requerir a las entidades que reciban las recomendaciones de política, informes periódicos de los planes de implementación, progreso y avance de las medidas
  3. Promover el fortalecimiento y articulación de la regulación, supervisión y gestión del riesgo sistémico de los sistemas monetario y financiero nacional
  4. Evaluar las vulnerabilidades que afectan al sistema financiero e identificar de manera oportuna las acciones de fortalecimiento
  5. Promover la recopilación e intercambio sistemático de información
  6. Proponer estrategias económicas y financieras para mitigar el riesgo sistémico
  7. Propiciar la armonización de políticas, normas de control y metodologías para los distintos sectores del sistema financiero nacional
  8. Conocer previa solicitud los informes de monitoreo de las entidades financieras consideradas como sistémicas, que sean realizador por los organismos de control y, de ser el caso, recomendar políticas macroprudenciales para garantizar la estabilidad financiera

El presidente del Comité, en este caso el ministro de Finanzas, entregará al presidente de la República un informe anual, o cuando se lo requiera, del cumplimiento de actividades.

Se determina que los miembros del organismo guardarán estricta confidencialidad de la información, deliberaciones y decisiones específicas. Está prohibida la divulgación de información que sea declarada como confidencial.

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Adicionalmente, el decreto indica que no se requerirá de asignación o erogación de recursos públicos adicionales para la creación y ejecución de las actividades del Comité.

El reglamento de funcionamiento del CIEF deberá ser aprobado y emitido en un plazo de hasta 30 días desde la expedición del decreto; es decir, la normativa deberá estar lista a más tardar el 6 de septiembre. (I)