Este 30 de enero, el presidente Daniel Noboa firmó el Decreto Ejecutivo 150 por el cual iguala el precio del diésel que se expende a transporte pesado internacional al mismo precio que el nacional

Previamente, el precio era diferenciado y no era subsidiado para el transporte internacional. Sin embargo, en la nueva normativa se indica que “el precio de venta al público de diésel prémium para los vehículos de transporte de carga pesada con placa internacional será el mismo que rige para el segmento automotriz, a nivel nacional”.

El decreto es el desenlace de una demanda que la iniciaron las autoridades de Perú en contra del Ecuador. El 3 de julio del 2023 se puso en conocimiento del Ecuador la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, dictada dentro del proceso 05 AI 2021, interpuesta por Perú en contra de la regulación ecuatoriana del sector de hidrocarburos, que establecía una diferenciación de precios de venta de combustibles para transportistas con placa extranjera. Es que dichos transportistas debían pagar un precio mayor. La sentencia le daba al país 90 días para cesar esta conducta considerada “contraria al ordenamiento jurídico andino”.

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Sobre el tema, Oswaldo Erazo indicó que con este decreto el presidente Noboa está oficializando que el subsidio al diésel también beneficie al transporte pesado de otros países. “Se estarían exportando subsidios”, dijo. En este sentido, y considerando que actualmente está en debate el tema de la focalización de los combustibles, Erazo considera que se debe tomar en cuenta que la focalización del diésel también es necesaria.

En todo caso, justamente esta mañana, el presidente Noboa hizo declaraciones en el sentido de que no topará el subsidio del gas ni del diésel. Aunque sí se ha pensado en implementar una banda de precios para las gasolinas ecopaís y extra en el segundo trimestre del 2024.

En el decreto se indica además que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas coordinará con la Agencia Nacional de Tránsito la publicación mensual en su página web de la información sobre vehículos de transporte terrestre internacional que ingresen al territorio nacional.

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La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables, en el término de 30 días contados a partir de la entrada en vigencia del decreto ejecutivo expedirá los demás actos administrativos necesarios a fin de implementar lo dispuesto en dicho decreto.

Además, en 90 días a partir de la entrada del decreto el Ministerio de Transporte, en coordinación con la Agencia Nacional de Tránsito desarrollarán normativa que regule, supervise y controle los depósitos o tanques de combustible de los vehículos de transporte terrestre de mercancías.

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No está aún claro desde cuándo rige el nuevo precio, pero el decreto ejecutivo entra en vigencia con la suscripción, sin necesidad de que se publique en el Registro Oficial.