Seis meses desde que en diciembre del 2023 entrara en vigencia la Ley de Eficiencia Económica, que dispuso que “las personas naturales y las sociedades que hubiesen pagado el IVA en las adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios tienen derecho a su devolución, sin intereses, en un tiempo no mayor a 90 días, a través de la emisión de la respectiva nota de crédito”, el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió el respectivo reglamento para su aplicación.