Desde hace algunas semanas el Servicio de Rentas Internas (SRI) empezó a fomentar el proceso de devolución automática del impuesto al valor agregado (IVA) para personas adultas mayores y con discapacidad, al cual se puede acceder al realizar compras de bienes o servicios de consumo personal en cinco establecimientos autorizados. Hasta el momento solo se puede obtener este beneficio con pagos en efectivo.

Ante esto, el SRI ha informado que está trabajando y haciendo los acercamientos necesarios para que en un futuro se incluyan todas las formas de pago, para la facilidad de la devolución automática del IVA a personas adultas mayores y con discapacidad; en dicho procedimiento a estos grupos prioritarios se los exonera del pago del IVA en sus compras.

En ese sentido, la agencia tributaria manifiesta que a través de la reforma para la devolución del IVA –que ahora será solo en establecimientos autorizados esperan ampliar el número de establecimientos habilitados para el mecanismo de devolución y llegar a acuerdos con las entidades financieras para que la devolución automática se pueda hacer también con tarjetas de crédito y débito.

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Devolución automática del IVA a adultos mayores: cómo conseguir el código de confirmación

Una reforma dentro de la Ley Orgánica para el fortalecimiento de las actividades turísticas y fomento del empleo determinó que para la devolución del IVA ahora solo se tomarán en cuenta las compras en establecimientos autorizados, sea por declaraciones o en la modalidad automática.

Para su efecto, el SRI trabaja internamente en las implementaciones tecnológicas necesarias para la aplicación de la devolución del IVA en establecimientos autorizados, así como en las acciones necesarias para la socialización de esta reforma tributaria. Cabe destacar que hasta que no se realice este proceso se mantienen vigentes los métodos anteriores de devolución del IVA para personas adultas mayores.

Esta institución indica que buscan fomentar esta alternativa de devolución del IVA para personas de la tercera edad y con discapacidad para que no tengan que ingresar un trámite para la devolución, sino que el IVA no se cobre directamente al momento de la compra, conforme los límites que establece la normativa legal vigente.

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Además, afirma que este enfoque garantiza que los recursos públicos destinados a la devolución del IVA se utilicen de manera adecuada, asegurando que los beneficiarios reciban el monto correspondiente sin tener que pagar a terceros, como tramitadores, por un servicio que es completamente gratuito.

De igual manera, esto ayudaría a aliviar los atrasos en los pagos a adultos mayores por devolución del IVA con declaraciones, donde se han dado retrasos de hasta ocho meses.

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Sin embargo, el Servicio de Rentas Internas señaló que se encuentra acreditada la totalidad de los valores aceptados para la devolución del IVA a favor de las personas adultas mayores soportados en resoluciones que han sido notificadas hasta el 3 de abril de 2024.

El paso a paso simplificado para acceder a este beneficio es el siguiente:

  • Acudir a un local comercial autorizado, que tiene habilitado el mecanismo de devolución automática. Los locales comerciales autorizados son Corporación Favorita (Titán, Supermaxi), La Bodega de Azogues, Mega Santa María, Pharmacy’s - Cruz Azul y Almacenes de Gerardo Ortiz (Coral).
  • Comprar bienes o servicios de consumo personal, con la emisión del comprobante electrónico (factura) que estará a nombre de la persona beneficiaria.
  • Solicitar en los puntos de venta del establecimiento habilitado el mecanismo de devolución automático del IVA.
  • Proporcionar el código de confirmación único y personal.
  • Confirmar en la caja de pago si se aplicó la devolución automática del IVA, donde se deberá descontar el valor IVA de los productos que graven este impuesto en las compras.

Es importante expresar que para acceder a este beneficio no se requiere la presencia en el establecimiento de la persona adulta mayor o con discapacidad, el SRI señala que es decisión de la persona beneficiaria realizar sus consumos directamente o a través de una tercera persona, entregándole la misma información.

Por lo cual el adulto mayor, persona con discapacidad o una tercera persona podrá entregar en el punto de venta el número de cédula y código de confirmación del beneficiario y acceder a la devolución automática del IVA, donde no se cobrará el valor de este impuesto en sus compras. (I)