El Servicio de Rentas Internas (SRI) ya tiene el catastro de los operadores de pronósticos deportivos que hay en Ecuador. Según el director de la entidad, Damián Larco, en el momento hay 65 sujetos pasivos que ya están registrados; sin embargo, el universo es mayor.

El funcionario indicó que, de este total, dos son sociedades extranjeras y 63 están domiciliadas en Ecuador. Agregó que se tuvo todo el primer semestre de 2024 para que las compañías que están dentro de la actividad se registren en el catastro de pronósticos deportivos.

SRI emitió plazos y reglas para el régimen del impuesto a los operadores de pronósticos deportivos

A partir del 1 de julio en Ecuador se implementó el impuesto a la renta único a los operadores de pronósticos deportivos. Este grava con tarifa del 15 % los ingresos de los operadores tanto residentes como no residentes en Ecuador.

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Este impuesto surgió con el Decreto Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, última reforma tributaria aplicada por el gobierno de Guillermo Lasso. Pero en la primera ley urgente del presidente Daniel Noboa se postergó seis meses la fecha para su vigencia, por eso con la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo se dispuso que el impuesto único se aplique desde el 1 de julio.

El pasado 31 de julio, el SRI emitió una resolución que fija los plazos y formas de declaración, así como las reglas de emisión de comprobantes de venta y retención y requisitos para la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para la implementación del impuesto a la renta único.

Conozca el nuevo régimen del impuesto a la renta único a los operadores de pronósticos deportivos que se cobrará desde este 1 de julio

Para quienes todavía no se han registrado, el director del SRI dijo en Teleamazonas este lunes, 26 de agosto, que van a realizar los controles, porque esto al final del día desencadena, además del no pago de impuestos, una competencia desleal con los que sí se registraron.

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Frente a ese panorama, señaló que a través de los entes correspondientes se suspenderá o bloqueará la dirección IP de los operadores de pronósticos deportivos que no se han registrado. (I)