El Servicio de Rentas Internas (SRI) recuerda los requisitos y obligaciones tributarias para los operadores de pronósticos deportivos para declarar y pagar el impuesto a la renta único para operadores de pronósticos deportivos.

Este nuevo régimen de impuesto empezó a cobrarse desde el 1 de julio del 2024 y grava con una tarifa del 15 % los ingresos de los operadores de pronósticos deportivos, tanto residentes como no residentes en el país.

En la resolución NAC-DGERCGC24-00000029 emitida el 31 de julio pasado se establecen los plazos, formas de declaración, reglas de emisión de comprobantes de venta y retención, así como los requisitos para la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para la implementación de este impuesto creado en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar.

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En ese sentido, el SRI ejecutará procesos de control para verificar el correcto cumplimiento de estas obligaciones tributarias, con el objetivo de asegurar que todos los ingresos derivados de las actividades de pronósticos deportivos sean declarados y pagados, la transparencia en las transacciones y combatir la evasión fiscal.

  • ¿Cómo se calcula la base imponible del impuesto a operadores de pronósticos deportivos?

Para este cálculo se deben sumar todos los valores que el operador recibe del jugador y que hayan sido utilizados para un pronóstico deportivo, cuando el jugador no haya acertado en la parte de su pronóstico, y todos los valores que la operadora cobre al jugador vinculados directamente con un pronóstico deportivo, como comisiones u otros rubros semejantes.

A este resultado se restará el valor de los premios ganados por los jugadores durante el periodo, sobre los que se hubiere efectuado retención en la fuente.

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Sobre el resultado obtenido se aplicará la tarifa única del 15 %.

  • ¿Cuál es el calendario para la declaración y pago de este impuesto?

El plazo para la declaración y pago mensual es conforme al noveno dígito del RUC y según el siguiente calendario:

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  • Si el noveno dígito es 1 la fecha de vencimiento es hasta el 10 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 2 la fecha de vencimiento es hasta el 12 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 3 la fecha de vencimiento es hasta el 14 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 4 la fecha de vencimiento es hasta el 16 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 5 la fecha de vencimiento es hasta el 18 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 6 la fecha de vencimiento es hasta el 20 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 7 la fecha de vencimiento es hasta el 22 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 8 la fecha de vencimiento es hasta el 24 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 9 la fecha de vencimiento es hasta el 26 del mes siguiente.
  • Si el noveno dígito es 0 la fecha de vencimiento es hasta el 28 del mes siguiente.

Si la fecha de vencimiento cae en fin de semana o feriado, el trámite se lo tendrá que realizar el siguiente día hábil.

Si un contribuyente presenta su declaración luego del plazo fijado, pagará además intereses y multas.

SRI emitió plazos y reglas para el régimen del impuesto a los operadores de pronósticos deportivos

  • ¿Cuál es el formulario que deberán utilizar para declarar este impuesto?

Los operadores deberán utilizar el formulario de “Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta”, disponible en el sitio web del SRI, para declarar y pagar el impuesto.

  • ¿Se deben emitir comprobantes de venta?

Los contribuyentes deberán emitir comprobantes de venta electrónicos para todos los eventos deportivos pronosticados que generen ingresos para la operadora, siguiendo las directrices de la ficha técnica publicada en el sitio web del SRI.

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La administración tributaria destaca que estos comprobantes no podrán ser emitidos a nombre de consumidores finales.

  • ¿Cómo pueden obtener un RUC los operadores de pronósticos deportivos?

Para obtener un Registro Único de Contribuyentes (RUC), los operadores deberán inscribirse bajo la actividad económica de “Gestión de sitios de internet dedicados a los pronósticos deportivos”, para cumplir con los requisitos establecidos en la resolución NAC-DGERCGC24-00000029. (I)