Adquirir una casa o comprar algún producto puede resultar un anhelo para muchas personas. Sin embargo, los costos pueden resultar elevados para los interesados, por este motivo se opta por un préstamo para costear su valor.

Dos tipos de préstamos otorga el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a sus afiliados y jubilados. Estos productos son los préstamos quirografarios y los préstamos hipotecarios.

De acuerdo al Banco Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), los créditos para los jubilados dependen de la pensión y la edad. Todos tendrán un monto de hasta el 50% de su pensión.

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Edades y plazo de jubilados

  • Un jubilado y pensionista de hasta 78 años puede pedir un quirografario con un plazo de pago de 60 meses (5 años).
  • Si tiene entre 79 y 83 años, puede acceder a un préstamo con un plazo de hasta 48 meses (4 años).
  • Los jubilados y pensionistas mayores de 84 años en adelante tendrán un plazo de pago de hasta 24 meses (2 años).

Préstamos quirografarios

Un quirografario es un crédito dispuesto para solventar necesidades de consumo.

El requisito básico para acceder a un préstamo quirografario es estar afiliado a la seguridad social o haberse jubilado mediante la misma. Además, para aplicar se necesitan al menos 24 aportaciones al IESS y garantías reales, como fondos de reserva y/o cesantías, entre otros requisitos, como no tener una solicitud de cesantía en trámite ni estar en proceso de acceder a un préstamo hipotecario.

El monto de un préstamo quirografario, según el portal del Banco Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), dependerá de la capacidad de pago del solicitante y del valor que tenga en sus fondos de reserva o cesantía quien lo pide (se tomará un máximo del 95 %).

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Requisitos

  • Registrar treinta y seis (36) aportaciones acumuladas. Las 12 últimas deben ser consecutivas, de las cuales, las 6 últimas deben ser como afiliado voluntario.
  • No tener dividendos pendientes de pago con el IESS o BIESS, en cualquiera de sus productos crediticios
  • Estar dentro del límite de edad requerido (hasta 77 años).
  • No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o BIESS.
  • No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el BIESS.
  • No tener en curso una Línea de crédito para construcción de vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
  • No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos de instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el BIESS.
  • No tener obligaciones vigentes como garante o fiador por concepto de préstamos hipotecarios para afiliados voluntarios.
  • No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
  • Aprobar la calificación crediticia del BIESS.

Requisitos para jubilados

Al igual que los afiliados, los jubilados tienen dos tipos de requisitos. El primero está relacionado con las jubilaciones, en donde el BIESS establece que los jubilados deben encontrarse en goce de pensión otorgada por el IESS, y además debe encontrarse al día en sus obligaciones con el BIESS y el IESS.

  • Cuenta bancaria registrada y autorizada por el IESS.
  • Sin registro de fallecimiento en el IESS.
  • Sin crédito en mora con el IESS o BIESS.
  • Empleador sin obligaciones pendientes con el IESS.
  • Sin crédito hipotecario en trámite con el BIESS.
  • Sin gastos de instrumentación pendientes en préstamos hipotecarios.
  • Sin comprobantes pendientes de pago.
  • Sin créditos quirografarios en trámite.
  • Con créditos en liquidación.
  • Sin crédito vigente bajo el sistema HOST del IESS.

Préstamos hipotecarios

El Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social es una de las instituciones que en el país brinda la opción de préstamos hipotecarios, al igual que otras instituciones financieras del Ecuador, para adquirir una vivienda, o un bien inmueble.

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Para obtener el crédito hipotecario, el solicitante debe aprobar la calificación crediticia del banco. Dentro del portal de la entidad se puede conocer el monto que se le brindará como préstamo de acuerdo con su situación económica.

Requisitos para afiliados

  • El afiliado debe tener 36 aportaciones en total.
  • Los afiliados con discapacidad deberán acreditar por lo menos 18 aportaciones mensuales, no necesariamente consecutivas.
  • Los afiliados con relación de dependencia deben contar con al menos trece aportaciones consecutivas, en el caso de afiliados sin relación de dependencia y afiliados voluntarios al menos 36 aportaciones consecutivas, estas no necesariamente deben ser con el mismo empleador.
  • No tener dividendos pendientes de pago con el IESS o Biess, en cualquiera de sus productos crediticios.
  • Si es representante legal de una empresa, no debe tener obligaciones pendientes.
  • Estar dentro del límite de edad requerido (hasta 77 años).
  • Su empleador actual no debe pertenecer a la zafra.
  • Su empleador actual no debe pertenecer al Seguro Social Campesino.
  • No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o Biess.
  • No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el Biess.
  • No tener en curso una línea de crédito para construcción de vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
  • No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos de instrumentación en solicitudes anuladas de préstamo hipotecario con el Biess.
  • No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
  • Aprobar la calificación crediticia del Biess.

Requisitos para jubilados

  • El pensionista de vejez o jubilado debe encontrarse en goce de pensión otorgada por el IESS.
  • No tener obligaciones vencidas con el IESS o Biess.
  • No tener dividendos pendientes de pago con el IESS o Biess, en cualquiera de sus productos crediticios.
  • No tener préstamo hipotecario vigente con el IESS o Biess en mora.
  • No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o Biess.
  • No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el Biess.
  • No tener en curso una línea de crédito para construcción de vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
  • No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos instrumentación en solicitudes anuladas de préstamo hipotecario con el IESS o Biess.
  • No tener obligaciones vigentes como garante o fiador por concepto de préstamos hipotecarios para afiliados voluntarios.
  • No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
  • Aprobar la calificación crediticia del Biess.
  • Los asegurados pueden escoger su pago hasta 25 años, en función de la edad máxima del solicitante que no debe superar los 77 años.

Si es jubilado, el monto y el plazo de pago se calculará con base a la pensión que percibe. El jubilado podrá solicitar un monto de hasta 80 salarios básicos unificados del trabajador ($ 36.800 al 2024) dependiendo de su capacidad de pago. (I)