Las personas con discapacidad deben tener un porcentaje de discapacidad igual o superior al 30 % para acceder a los beneficios tributarios, indica el reglamento de la Ley Orgánica de Discapacidades (LOD). Pero la exoneración o la rebaja no es total en todos los casos, sino que depende del porcentaje de discapacidad, por lo que se aplica de manera proporcional.