Paola Roldán vivía con la felicidad de una madre con un hijo pequeño. Una tarde empujaba su coche; de pronto, tuvo problemas de respiración, empezó a ahogarse y desde entonces comenzó una historia que ahora ha despertado el debate sobre la eutanasia en Ecuador.

Fue hace tres años cuando ocurrió ese episodio que levantó las alarmas en la familia de Paola. Luego de varios exámenes fue diagnosticada con esclerosis lateral amiotrófica (ELA), una enfermedad neuromotora que degenera paulatinamente los músculos del cuerpo de las personas e impide de a poco controlar movimiento de todas las extremidades.

Paola Roldán, ecuatoriana de 42 años que sufre rara enfermedad, plantea abrir debate a la eutanasia

Al inicio tenía la esperanza de encontrar alguna cura para su enfermedad. A medida que pasa el tiempo, ella ha ido perdiendo movimiento de su cuerpo; solo tiene control sobre los músculos de la cara y puede hablar.

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Actualmente, Paola tiene una discapacidad del 95 %, ha perdido la movilidad de todas sus extremidades, necesita un alimentador artificial de oxígeno y cuidados médicos durante las 24 horas.

Ante el pedido de entrevista, un abogado, vocero autorizado por la familia, contó a este Diario que Paola es una mujer lúcida mentalmente, que ama la vida, pero que entiende su actual condición y no quiere morir agonizando, ahogada o con un ataque de dolor en su cuerpo, sino de forma planificada, despidiéndose de sus seres amados y en calma.

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Su esposo ha llegado a comprender todo el panorama y apoyar a Paola. Su hijo de cinco años es la ilusión.

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Paola pidió 40 regalos; todos están listos. Ella se los dejará a su hijo para que cada año, durante las siguientes cuatro décadas, reciba ese detalle que le recordará y permitirá crecer con el legado de ella.

La mujer publicó un libro llamado Ti Si What Ti Si. Era independiente hasta que un día cambió todo el panorama de su vida.

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El caso legal en la Corte Constitucional

Farith Simon forma parte del equipo de abogados que defiende a Paola Roldán, junto con Ramiro Ávila y Pablo Encalada. Lo que se decidió fue presentar un caso de acción pública para declarar inconstitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que se considere inaplicable y no punible en el contexto de una muerte digna.

El artículo establece como homicidio y lo castiga de la siguiente manera: “La persona que mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años”.

Ante esto, la defensa legal pretende que exista una excepción en el caso de cumplirse cuatro requisitos: declaración de consentimiento, libre, informado e inequívoco de la persona que ejerce su derecho a morir dignamente; padecimiento de intenso sufrimiento físico o emocional; diagnóstico de enfermedad o lesión grave incurable; y realización de procedimiento de muerte digna por parte de una persona profesional.

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La Corte Constitucional admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad del artículo 144, pero negó un pedido de suspensión provisional de esta misma norma incluida en el COIP.

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Simon explicó a este Diario que solicitaron la suspensión provisional por el poco tiempo con el que cuenta su defendida, pero que era algo que era de esperarse, pues este tipo de suspensión a una norma podría haber causado un malentendido o mala aplicación en el futuro.

No obstante, el equipo legal también solicitó el levantamiento de la cronología del trámite para que pueda ser despachado antes que otros casos. “Esperamos que se acepte el adelanto de la cronología para que Paola pueda hablar ante la Corte. Es un derecho a decidir; y por eso queremos que, más que escuchar a los abogados, se conozca la voluntad y razones de Paola”, agregó.

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El tiempo sigue corriendo. Los abogados, al igual que Paola y sus familiares, esperan que la Corte Constitucional tome las siguientes instancias del caso lo más pronto posible, y que este sea un precedente en el país para que otras personas que quieran elegir una muerte digna lo puedan hacer, siempre y cuando se cumpla con todas las condiciones del caso. (I)