Los tres militares que fueron capturados en febrero pasado en Quito con cerca de 95.000 dólares y que la Fiscalía presume que serían parte de un pago entregado por un grupo de crimen organizado serán procesados por lavado de activos, en concurso real de infracciones, con delincuencia organizada.

De manera inicial la fiscalía procesaba este caso como lavado de activos, pero con la reformulación de cargos se configuró también el tema de la delincuencia organizada.

Ejército cree que militares detenidos con $ 100.000 pretendían atentar contra elementos activos de FF. AA.

Según las investigaciones, se presume que el dinero que llevaban los tres militares el día que fueron capturados en el parque de un restaurante fue entregado por un grupo de crimen organizado a cambio de proporcionar “información militar reservada”, que estaría relacionada con el decomiso de aproximadamente veintidós toneladas de clorhidrato de cocaína, ocurrido el 21 de enero de 2024 en Vinces (Los Ríos).

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La droga decomisada en Los Ríos es uno de los mayores cargamentos que se han decomisado en los últimos años en Ecuador. La incautación fue tan importante que el presidente Daniel Noboa indicó que costaría de $ 300 a $ 500 millones en el mercado de destino.

Los militares Héctor C. V., Orlando J. M. y Jairo A. habían preliminarmente dicho que ese dinero era para comprar un carro y que provenía de jubilaciones y negocios.

Capturan en Quito a tres militares con cerca de $ 100.000 que estarían vinculados a grupo delictiv

Dos de los procesados tienen prisión preventiva, mientras que el tercero tiene medidas alternativas como presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.

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Los delitos con los que se procesa este caso, por lavado de activos, en concurso real de infracciones, con delincuencia organizada, están tipificados en los artículos 317 y 369, respectivamente, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

El lavado de activos contemplado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) conlleva una pena de hasta 13 años de privación de libertad.

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El delito de delincuencia organizada está tipificado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con pena privativa de libertad de siete a diez años.

La investigación en este caso está a cargo de la Unidad Especializada en Antilavado de Activos.

En la audiencia de reformulación de cargos, el fiscal del caso señaló que Héctor C. V., Orlando J. M. y Jairo A. L. –además del lavado de activos– adecuaron su conducta al delito de delincuencia organizada con fines de revelación de identidad de agente encubierto, informante, testigo, persona protegida o funcionario judicial protegido, entre otros delitos.

En marzo pasado, el Ejército indicó que se presumía que estos militares detenidos tendrían nexos con grupos delictivos o terroristas y que “tendrían previsto atentar contra la integridad de elementos de las Fuerzas Armadas en servicio activo, que se encuentran cumpliendo operaciones de control y seguridad”.

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La instrucción fiscal por este caso se ampliará por treinta días más. (I)