El primer detenido en los recientes operativos de control de velocidad en Quito, un ciudadano de nacionalidad china, recuperó su libertad a las 09:12 del viernes 2 de agosto. Este individuo fue arrestado por exceder el límite de velocidad establecido en la ciudad.

El ciudadano no hablaba con facilidad español, así que necesitó que un familiar llegara al lugar para que le ayudara a comunicarse y le informara que tendría que pagar $ 460 de multa y tres días de cárcel, así como la disminución de 10 puntos de su licencia de conducir.

Un ciudadano extranjero es el primer detenido por exceder los límites de velocidad en Quito

El conductor habría pasado por la zona de control a una velocidad de 64 km/h en una vía en la que el límite es de 50 km/h.

Publicidad

Además, se informó que, en la primera hora de control, de 08:00 a 09:00, seis personas fueron sancionadas por sobrepasar el límite de 50 km/h. Sin embargo, ninguna de ellas superó el rango moderado de 60 km/h.

Fue el único detenido, por el momento, pues el alcalde capitalino, Pabel Muñoz, informó sobre un cambio en los operativos.

Sanciones por exceso de velocidad: el alcalde de Quito presentó nuevo esquema de operativos de control

Así serán los operativos de control de velocidad:

Publicidad

  • Las dos primeras semanas de cada mes se realizarán campañas preventivas, socialización y operativos pedagógicos sin sanción.
  • En la tercera semana, los operativos de control y sanción potencial se centrarán en el transporte público y pesado.
  • Los últimos dos días del mes, los operativos estarán dirigidos a los autos particulares, con información previa sobre los días, horas y lugares donde se realizarán.

Límites y sanciones

En la zona urbana, el límite de velocidad para vehículos livianos, motocicletas y similares es de 50 km/h, con un rango moderado de 50 a 60 km/h.

Para vehículos de transporte público de pasajeros, el límite es de 40 km/h, con un rango moderado de 40 a 50 km/h.

Publicidad

Las sanciones por exceder estos límites están estipuladas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP):

Estas son los límites de velocidad de las vías más transitadas en Quito

Art. 386-3: Pena privativa de libertad de tres días, multa de un salario básico unificado y reducción de diez puntos en la licencia de conducir para quienes excedan los límites de velocidad fuera del rango moderado.

Art. 389-6: Multa equivalente al 30 % de un salario básico unificado para quienes excedan los límites de velocidad dentro del rango moderado. (I)