La Comisión Especializada Permanente de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana, durante la sesión número 080, recibió este viernes 7 de marzo la comparecencia de la asambleista Ana Galarza en calidad de proponente del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Movilidad Humana; como parte de la preparación del primer informe de esta reforma.

La reforma busca establecer requisitos mínimos para el ingreso de extranjeros al Ecuador para precautelar la seguridad interna del país y de los ciudadanos, a través del cambio de 5 artículos, mencionó Galarza.

La legisladora presentó varios motivos para que el ingreso de extranjeros al país cuente con un mayor control. Indicó que la ley actual no pide requisitos de ingreso a los extranjeros y le brinda facilidades para trabajar de forma legal y acceder al seguro social. Luego señaló que muchos de los actos delictivos en el país son cometidos por extranjeros que ingresaron al país sin que se tomen en cuenta sus antecedentes penales y aquí reincidieron.

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Además, Galarza acotó que su postura no responde a motivos xenofóbicos, ya quel a nacionalidad no define si se comete o no un delito, pero que, los ecuatorianos tienen derecho a decidir quien entra al país para salvaguardar a los ciudadanos. También indicó que se espera que ingresen “los buenos ciudadanos extranjeros” ya que hay personas extranjeras que aportan y trabajan, pero que quienes ingresan deben hacerlo con los requisitos de ley.

El primer cambio consiste en incluir el numeral 7 en el artículo 53 que habla de las obligaciones de las personas extranjeras en el país, el siguiente texto: “portar sus documentos sobre su pasado judicial o de antecedentes penales al registrar su ingreso al Ecuador, y,”.

El segundo cambió es sustituir el artículo 131 que habla de los requisitos para que las personas extranjeras puedan ingresar al país, por: “Ingreso de personas extranjeras. Las personas extranjeras pueden ingresar a Ecuador previa presentación de un documento de viaje válido y vigente que acredite su identidad. Asimismo, el funcionario de control migratorio deberá verificar la condición migratoria invocada por la persona extranjera al momento de su presentación en el punto oficial de control migratorio; y sus antecedentes penales o pasado judicial. La autoridad de contol migratorio establecerá los procedimientos para el ingreso de las personas extranjeras de conformidad con esta ley y su reglamento. Dichos procedimientos no serán discriminatorios en ningún caso.”

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El tercer cambio es la sustitución del artículo 133 por este texto: “Control de cumplimiento de obligaciones, Las entidades competentes en materia tributaria y de seguridad social controlarán el cumplimiento de lasobligaciones tributaas y de seguridad social de los residentes temporales y permanentes en el Ecuador y sus empleadores, según corresponda, los directores regionales serán sancionados o destituidos po el incumplimiento del presente artículo”.

Los dos últimos cambios que propone Galarza son en los artículo 145 y 145A. En el primero se quiere aumentar el pago en garantía para los extranjeros en proceso de deportación a dos salarios básicos unificados (SBU). Galarza señaló que actualmente el valor es de un solo SBU.

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El 145A, en cambio, aborda el plazo para la ejecución de deportaciones, que Galarza señala que la ley actual lo ubica en 12 meses, y con la modificación, el plazo se extendería a 36 meses.

Jonathan Parra, presidente de la Comisión, fue el único legislador que realizó una pregunta durante la comparecencia. A criterio del legislador, la modificación del artículo 145A iría en contra del objetivo de la modificación de la ley, ya que ampliaría el plazo de las deportaciones.

Galarza respondió que se amplía el plazo porque el nivel de trabajo de los funcionarios dedicados a las deportaciones era alto de forma que muchas deportaciones, tras 12 meses, se archivaban y por ello era necesario dar más tiempo para que la situación de los inmigrantes no quede “en el limbo”.

Tras estas intervenciones, la Comisión cerró la sesión ya que no habían otros puntos a tratar en el orden del día. (I)

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