La Asamblea Nacional, presidida por la asambleísta Viviana Veloz _integrante del movimiento correísta Revolución Ciudadana_, indicó este lunes que presidente Daniel Noboa debe solicitar licencia al Legislativo para realizar campaña electoral.
En una misiva, el presidente candidato especifica que realizará actividades de campaña en su rol de candidato presidencial y conforme “la ausencia temporal del cargo de presidente de la República”.
Esta figura está contemplada en el artículo 146 de la Constitución, en el que se establece que, “en caso de ausencia temporal en la Presidencia de la República, lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia”.
En la actualidad Cynthia Gellibert Mora se desempeña como vicepresidenta de la República, cuya designación estará vigente durante el periodo que dure la ausencia temporal de Verónica Abad, a quien se le suspendieron sus derechos políticos por dos años al haber sido sentenciada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
No obstante, desde el órgano legislativo se exhorta a Noboa “a dar cumplimiento al artículo 146 de la Constitución, que establece que la Asamblea es el único poder competente para otorgar licencia al mandatario, en concordancia con el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
En un comunicado, la Asamblea indica que hasta la presente fecha, el Legislativo no ha recibido ni aprobado ninguna petición de licencia por parte de Noboa.
“En tal virtud, se reitera que las acciones de proselitismo político realizadas por el jefe de Estado y candidato, durante la campaña electoral, sin contar con la licencia aprobada por la Legislatura, podría constituir una infracción electoral”, se indica.
El Presidente de la República debe solicitar licencia a la Asamblea Nacional para realizar campaña electoral, tal como establece la Constitución y la Ley #ComunicadoAsamblea pic.twitter.com/0UrO5snxl7
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) March 31, 2025