La Asamblea Nacional, este 29 de noviembre, integró el Comité de Ética, organismo interno del Parlamento que juzga la conducta de los asambleístas y funcionarios legislativos. Solo se eligió a cuatro de los cinco legisladores que lo integran y este jueves a las 09:00 se retomará la sesión para designar al quinto miembro.

Los cuatro asambleístas que ya quedaron en firme son: Jhajaira Urresta (RC), Lucía Jaramillo (PSC), Nicole Saca (ADN) y Pedro Velasco (IND). Para el quinto espacio se mocionó a Paúl Buestán (Construye), pero no obtuvo los votos y se suspendió la sesión.

La votación de los cuatro integrantes que ya están en firme se realizó de manera individual y cada uno superó los 100 votos.

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Dentro de las atribuciones que tiene el Comité de Ética está el iniciar, previa denuncia, el proceso de investigación en contra de cualquier asambleísta que haya incurrido en infracciones señaladas en el artículo 127 de la Constitución de la República del Ecuador y 163 de la Ley orgánica de la Función Legislativa, relativas a las prohibiciones de los asambleístas.

Entre las prohibiciones constan desempeñar otra función pública o privada, ni dedicarse a sus actividades profesionales si son incompatibles con su cargo, excepto la docencia universitaria siempre que su horario lo permita.

  • Ofrecer, tramitar, recibir o administrar recursos del Presupuesto General del Estado, salvo los destinados al funcionamiento administrativo de la Asamblea Nacional.
  • Gestionar nombramientos de cargos públicos.
  • Percibir dietas u otros ingresos de fondos públicos que no sean los correspondientes a su función de asambleístas; que incluirá la recepción de supuestos derechos, comisiones, cuotas, aportes, contribuciones, rentas, intereses, remuneraciones o gratificaciones no debidas por parte del equipo de trabajo a su cargo.
  • Aceptar nombramientos, delegaciones, comisiones o representaciones remuneradas de otras funciones del Estado.
  • Integrar directorios de otros cuerpos colegiados de instituciones o empresas en las que tenga participación el Estado.
  • Celebrar contratos con entidades del sector público.

En caso de que un legislador incumpla estas prohibiciones perderá la calidad de asambleísta, luego del trámite que lleve adelante el Comité de Ética.

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Este organismo será el encargado de emitir un informe motivado, que pasará a conocimiento del pleno de la Asamblea Nacional para su respectiva resolución y ejecución.

En caso de que un asambleísta sea destituido con el voto de una mayoría calificada quedará inhabilitada para ejercer cargo público por dos años.

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El Comité de Ética también podrá proponer o pronunciarse respecto a iniciativas que busquen fomentar la ética y transparencia dentro de la Asamblea Nacional. (I)