Ante el incumplimiento de las presentaciones periódicas que debía cumplir el 31 de marzo y el 14 de abril pasados Augusto Verduga, uno de los cuatro procesados en el caso Liga2 y exintegrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), la fiscal general, Diana Salazar, pide a la jueza penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Daniella Camacho defina día y hora para la audiencia en la que se fundamente el pedido de sustitución de la medida cautelar impuesta.
El 15 de marzo pasado, el conjuez Marco Aguirre, también de la Corte Nacional, definió en una audiencia de formulación de cargos por el delito de asociación ilícita que Verduga, los también exconsejeros de Participación Ciudadana, Eduardo Franco Loor y Yadira Saltos y la actual integrante del CPCCS, Nicole Bonifaz, mientras dure el procesamiento penal, deben presentarse periódicamente cada quince días en la secretaría de la sala Penal de la CNJ y tienen prohibido salir del país.
Según una certificación de la secretaría de la Sala Penal, Bonifaz y Franco Loor han sido los únicos que han cumplido las dos primeras presentaciones periódicas impuestas el 15 de marzo pasado (el 31 de marzo y el 14 de abril pasados). En cambio, Saltos incumplió, por temas médicos, la presentación del 31 de marzo y concretó su presentación el 15 de abril pasado en Quito.
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Respecto al exconsejero Augusto Verduga se aclara que el integrante de la denominada Liga Azul, cercana al correísmo, no asistió a ninguna de las dos presentaciones. De Verduga se conoce oficialmente que salió vía terrestre hacia Colombia por el puente de Rumichaca, en la provincia de Carchi, el 27 de enero pasado. Se analiza la posibilidad de que el exconsejero viajara de Colombia a un tercer país y entre las posibilidades estarían Venezuela o México.
Verduga fundamenta su inasistencia en temas de seguridad
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El 5 de abril pasado la defensa de Verduga ingresó un escrito al expediente de Liga2 para explicar su no cumplimiento de medida cautelar de presentación periódica del 31 de marzo pasado. El exconsejero asegura que incumplió la presentación por motivos de fuerza mayor relacionados con su seguridad personal y la de mi familia.
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En su escrito Verduga reconoce que el 15 de marzo pasado se le ordenó como medida cautelar personal la presentación periódica cada quince días, pero explica que se vio impedido de cumplir con la obligación debido a “circunstancias extraordinarias y graves relacionadas con la seguridad de mi vida y la de mi familia”, conforme, dijo, constaría en un Informe de Análisis de Riesgo Personal del 27 de noviembre de 2024 emitido por la Dirección General de Inteligencia de la Policía de Ecuador.
“Mi situación fue calificada como un nivel de riesgo alto debido al ejercicio de mis funciones como Consejero de Participación Ciudadana. El 27 de noviembre de 2024 la Dirección General de Inteligencia de la Policía emitió el Informe de Análisis de Riesgo Personal (...) que fue aprobado por el Comando General de la Policía Nacional (...) calificando mi situación como de riesgo alto”, recordó Verduga.
La defensa de Verduga explica que en ese informe se consideró la necesidad de asignarle al entonces consejero personal policial de seguridad, patrullajes preventivos y adoptar medidas extraordinarias de autoprotección conforme al Acuerdo Ministerial número 150.
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“Tras mi destitución del cargo de consejero de Participación Ciudadana por parte del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), producto de presiones directas e indebidas de grupos de poder que han interferido en la justicia electoral. Esta destitución arbitraria que será impugnada por los mecanismos correspondientes en el ámbito internacional (SIDH) ha generado el retiro de la seguridad policial asignada a mi protección, dejándome a la suerte sin resguardo alguno, pese a que las amenazas contra mi vida persisten y se han intensificado. Ante este grave escenario me he visto obligado a salir del país de forma temporal con el único objetivo de preservar mi integridad física y la de mis seres queridos”, anotó el procesado en el caso Liga2.
Para Augusto Verduga la decisión de salir del país no constituye una forma de evasión de la justicia, sino una “medida extrema de autoprotección” de acuerdo con lo dispuesto por el mismo informe oficial de riesgo aprobado por la Policía Nacional. Con esta argumentación, el hoy exconsejero no solo solicita se tenga por justificada su inasistencia a la presentación del 31 de marzo último, sino también que se le disponga a la Fiscalía que lo incluya en el Sistema de Protección de Víctimas y Testigos para que las próximas presentaciones periódicas puedan efectuarse garantizando su derecho a la vida y la de su familia.
La respuesta de la fiscal general, Diana Salazar
El escrito fue puesto en conocimiento de la fiscal general, Diana Salazar, con el fin de que se pronuncie ante los pedidos y fundamentos expuestos por el procesado Verduga. La fiscal parte su respuesta resaltando que la documentación presentada data del 27 de noviembre de 2024, fecha a partir de la cual la Policía otorga la protección a Verduga en calidad de integrante del CPCCS, se comunica cuál es el trámite y procedimiento, se precisan las recomendaciones que debe observar el protegido, las disposiciones puntuales respecto a su protección y se indica incluso la normativa aplicable,entre la que se determinaría que el Servicio de Seguridad y Protección concluye por renuncia o cese del cargo.
“En su petición el procesado asegura que tras su destitución del cargo, hecho público y notorio que ocurrió el 31 de enero del año 2025, se le retiró la seguridad policial asignada a su protección, dejándole a su suerte y sin resguardo alguno, pese a la existencia de amenazas contra su vida, hecho que habría motivado su salida del país. Sin embargo, consta del expediente fiscal el certificado de movimientos migratorios de Augusto Verduga, donde se aprecia un registro de salida del país el 27 de enero de 2025 con destino a Pasto, Colombia, desde la ciudad de Tulcán por vía terrestre a través de la frontera norte en Rumichaca, es decir, su salida del país fue antes de su destitución y del retiro de su custodia, más no como asegura el procesado por lo que resulta inverosímil su justificación”, respondió la fiscal general.
Además, en cuanto a la solicitud para que se disponga a la Fiscalía su inclusión al Sistema de Protección a Víctimas y Testigos, la titular de la Fiscalía precisó que el trámite de ingreso y su ejecución a este sistema se hace siempre y cuando así lo determine el análisis de riesgo respectivo y cuando el solicitante se encuentra en territorio nacional. Al no estar en el país Verduga, anotó Salazar, la petición resulta inejecutable.
A partir de esas consideraciones, sostuvo la fiscal Diana Salazar, se aprecia que la solicitud del procesado Augusto Verduga no solo carecería de fundamento, sino que incluso pretendería inducir a error a la autoridad juzgadora, por lo quer pidió que sean rechazados los planteamientos. “Al no estar debidamente justificado el incumplimiento de la medida cautelar dictada en contra del procesado en audiencia de formulación de cargos, no solo en la presentación inicial del 31 de marzo, sino incluso en la siguiente que debería ocurrir el lunes 14 de abril de 2025, insisto a su autoridad que a través de secretaría se emita la certificación correspondiente”.
Durante la formulación de cargos en el caso Liga2 se aseguró que los tres exconsejeros de la denominada Liga Azul, Verduga, Franco Loor y Saltos, y Bonifaz, planificaron una estrategia para controlar las instituciones del Estado y beneficiar al movimiento político de la Revolución Ciudadana, mediante el control de la Superintendencia de Bancos, el Consejo de la Judicatura, entre otras instituciones.
La acusación de la Fiscalía se basa en el informe de los chats obtenidos en los dos teléfonos celulares de Verduga, los cuales fueron incautados durante el allanamiento al Consejo de Participación Ciudadana, el pasado 24 de enero, ingresados en cadena de custodia y periciados. También se tendría datos de análisis de informática forense realizados a computadores incautados, versiones de los denunciantes, documentos, actas y resoluciones del pleno del CPCCS.
Los entonces consejeros de la Liga Azul destituidos por el TCE, en enero pasado, habrían utilizado pseudónimos en tres chats grupales: Buró 2.0, Apoyándose y Jiujitsu, en las aplicaciones de mensajería Wire, WhatsApp, Signal, Telegram para ocultar su identidad. (I)