La comisión ocasional de la Asamblea Nacional que investiga el caso Encuentro, sobre una presunta trama de corrupción en las empresas públicas, recibió la tarde del martes al abogado Héctor Vanegas para recoger criterios jurídicos que aporten al proceso de fiscalización con el cual se pretende establecer responsabilidades políticas.

Vanegas comentó a los legisladores que para enfrentar a la corrupción se debe cambiar el enfoque con el que se trata el tema. Que no debe centrarse en mecanismos represivos, sino en actuar desde la prevención y crear programas que analicen los riesgos que existen en los cargos públicos, para tener un escenario claro de dónde podría haber espacio a que se cometan irregularidades y crear herramientas para evitar estos actos.

Por otro lado, el abogado indicó que actualmente el artículo 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece desde el año 2014 la responsabilidad penal de las personas jurídicas, menos las empresas públicas.

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Advirtió que esto genera una traba en la investigación del caso Encuentro, por las actividades delictivas que se puedan estar realizando en el interior de las empresas públicas, y limita la aplicación de mecanismos para prevenir los actos de corrupción. Es un tema que se debe revisar, dijo.

Un punto de debate es permitir que las personas jurídicas de carácter público también sean objeto de revisión y de intervención por parte del derecho penal, sugirió Vanegas. Esto permitiría la tan ansiada reparación integral, señaló.

La asambleísta Viviana Veloz (UNES), presidenta de la comisión, preguntó si con los audios que aparentemente comprometerían a funcionarios públicos y personas particulares dentro de la supuesta red de corrupción se podrían establecer los grados de participación y responsabilidad de los supuestos involucrados.

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Vanegas respondió que todavía sería prematuro hablar de grados de participación, porque los audios representan un indicio delictivo que podría constituir una notitia criminis para que la Fiscalía investigue y determine, por ejemplo, las modalidades delictivas.

“Podríamos nosotros decir, ante lo que hemos escuchado, que podríamos estar en un caso claro de tráfico de influencias, incluso ante un peculado. Podríamos estar ante un delito de enriquecimiento privado no identificado”, comentó el abogado.

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Veloz también preguntó si considera que la Fiscalía está actuando con celeridad en el caso, cuando varios de los presuntos implicados ya no se encuentran en el país.

Vanegas mencionó que, a su criterio, la Fiscalía es selectiva hacia la persecución de los delitos de la gente pobre. “Los delitos de cuello blanco, como el que están investigando, siempre tienen prerrogativas. Siempre se dan los allanamientos cuando los presuntos responsables están fuera del país. A la gente pobre no le pasa eso”, dijo el abogado.

El asambleísta Gruber Zambrano (BAN) preguntó si los audios pueden ser considerados nulos, porque se vulnera la prueba, como lo señaló el asambleísta Ronny Aleaga durante su comparecencia el lunes.

Vanegas aclaró que la prueba para ser considerada como tal debe cumplir varios criterios y se la cataloga así en la etapa de juicio. Dijo que resultaría prematuro en este momento hablar de que los audios son una prueba.

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Por el momento, los audios son indicios que no pueden desacreditarse y la Fiscalía debe ampliar el abanico de la investigación sobre ellos.

Para Zambrano, la respuesta de Vanegas demuestra que no hay pruebas en el caso sino que se trata de un “show político”. “Las pruebas concretas deben ser contratos mal dados”, señaló.

La Comisión ocasional continuará el miércoles con el tratamiento de la investigación. Durante esa jornada se prevé aprobar el calendario, fechas y horarios de las comparecencias planificadas. Se estima que el presidente Guillermo Lasso será convocado para el 13 de febrero. (I)