El presidente-candidato Daniel Noboa notificó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que estará en campaña electoral por la segunda vuelta hasta el 10 de abril.

Noboa notificó al máximo organismo electoral este domingo, 30 de marzo, a través de una carta.

El mandatario se encuentra realizando actividades proselitistas desde las 12:30 del pasado 30 de marzo y las hará hasta las 23:59 del 10 de abril.

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Este anuncio al CNE lo hace “en su ejercicio de candidato a la segunda vuelta”, indicó la presidenta del CNE, Diana Atamaint, este lunes.

En la misiva, Noboa especifica que realizará actividades de campaña en su rol de candidato presidencial y conforme “la ausencia temporal del cargo de presidente de la República”.

Esta figura está contemplada en el artículo 146 de la Constitución, en el que se establece que, “en caso de ausencia temporal en la Presidencia de la República, lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia”.

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“Se considerará ausencia temporal la enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor que le impida ejercer su función durante un periodo máximo de tres meses, o la licencia concedida por la Asamblea Nacional. En caso de falta definitiva de la presidenta o presidente de la República, lo reemplazará quien ejerza la Vicepresidencia por el tiempo que reste para completar el correspondiente periodo presidencial”, dicta la carta magna.

En tanto, mediante del Decreto Ejecutivo 588, firmado el sábado, 29 de marzo, el presidente Noboa designó como vicepresidenta de la República a la economista Cynthia Gellibert Mora, quien actualmente se desempeñaba como secretaria general de la Administración Pública y Gabinete de la Presidencia de la República.

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Se aclaró que la designación estará vigente durante el periodo que dure la ausencia temporal de Verónica Abad, a quien se le suspendieron sus derechos políticos por dos años al haber sido sentenciada por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por violencia política de género.

La noche del viernes, 28 de marzo, el TCE con un voto de mayoría respondió al recurso de aclaración y ampliación planteado por Abad, dejando en firme la sentencia condenatoria. (I)