La defensa del exvicepresidente de la República Jorge Glas informó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) concedió medidas provisionales a su favor “al constatar el riesgo cierto de daño irreparable a su vida, integridad personal y salud física y mental”.

Así lo indicó su abogada internacional, Sonia Vera, en un posteo en la red social X, la noche de este 3 de noviembre del 2025.

Según la jurista, la Corte le ordenó al Estado ecuatoriano lo siguiente:

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  1. Garantizar atención médica, psicológica y psiquiátrica permanente.
  2. Permitir visitas de su familia, defensa y médicos de confianza.
  3. Mantener la mesa técnica de salud.
  4. Rendir informes periódicos a la Corte sobre su estado.

Glas está recluido en la cárcel de máxima seguridad La Roca, en Guayaquil, desde el 6 de abril del 2024.

Tiene dos sentencias en firme por corrupción:

1. Seis años de prisión por el caso Odebrecht, en el que se lo condenó por supuesta asociación ilícita. Esta sentencia quedó en firme en el 2019.

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2. Ocho años de cárcel en el caso Sobornos 2012-2016, en el que se lo condenó por cohecho agravado. Con él fueron sentenciados los líderes del correísmo, empezando por el mismo exmandatario Rafael Correa y luego los exministros Vinicio Alvarado y María de los Ángeles Duarte, así como el ex secretario jurídico Alexis Mera y los exlegisladores Viviana Bonilla y Christian Viteri. La pena quedó en firme en el 2020.

El 26 de enero del 2023, la jueza penitenciaria de Pichincha Melissa Muñoz acogió el pedido de unificación de penas hecho por Glas y dio paso a que la condena de ocho años de prisión impuesta en el caso Sobornos absorba la pena de seis años definida en el caso Odebrecht.

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Aparte, tiene una sentencia de primera instancia de trece años de prisión por peculado en el caso Reconstrucción de Manabí.

En julio pasado, y tras reiterados pedidos de la defensa de Glas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó medidas cautelares en la CorteIDH a favor del exmandatario tras considerar que se encuentra en una situación de extrema gravedad y urgencia de daño irreparable a sus derechos a la vida, integridad personal y salud. (I)