De acuerdo con el Consejo Nacional Electoral (CNE), en las elecciones de hoy en Ecuador están obligados a votar 13,4 millones de ciudadanos. ¿Pero qué pasa si un ciudadano no puede votar o cumplir su llamado a ser parte de una junta receptora del voto?

El CNE ha mencionado que quienes por alguna razón no ejercen su derecho al voto serán multados con el 10 % del salario básico unificado, es decir, en 2023: $ 45. Mientras que quien no cumpla su deber de estar en mesa deberá pagar una multa del 15 %: $ 67,5.

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La autoridad también deja claras las cinco excepciones de multa para quienes no puedan votar:

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  1. Quienes no pueden votar por mandato legal.
  2. Quienes no pudieren votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico del sistema nacional de salud público o privado.
  3. Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hasta ocho días antes.
  4. Quienes, en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional.
  5. Quienes, por tener voto facultativo, no están a obligados a votar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62, numeral 2, de la Constitución de la República.

Tras los comicios, estas personas deberán presentar en la delegación del CNE en su provincia su documento de identidad y los documentos que justifiquen su ausencia durante el día de elecciones.

En el sitio web del CNE constan los papeles que se deben presentar en cada caso mencionado para excepciones. (O)