La vocera del Gobierno nacional, Carolina Jaramillo, destacó este lunes, 21 de julio, que la extradición del líder de Los Choneros, Adolfo Macías Villamar (alias Fito), se concretó en menos de un mes desde su recaptura el pasado 25 de junio.
Jaramillo, en su enlace semanal y encuentro con los medios de comunicación, manifestó que el operativo para concretar el traslado de alias Fito comenzó pasado el mediodía y que su llegada a Nueva York se concretó en horas de la noche.
Además aclaró que todo el proceso se llevó con extrema confidencialidad y que, por eso, no se subió ningún decreto ejecutivo ni se hizo público ningún acuerdo ministerial.
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Alias Fito viajó a bordo de un avión que fue enviado por el Departamento de Justicia de EE. UU.
La portavoz mencionó que la extradición de alias Fito representa un éxito para el Gobierno y el reflejo de la buena relación bilateral que existe con Estados Unidos.
La extradición del narcotraficante desde Ecuador a EE. UU. se concretó luego de la autorización del presidente Daniel Noboa Azín. Esto una vez que Fito aceptó el proceso en la audiencia de extradición del 11 de julio de 2025.
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En Estados Unidos, el líder de Los Choneros tiene siete cargos en su contra. Estos son:
- Cargo uno: asociación ilícita para la distribución internacional de cocaína.
- Cargos dos, tres y cuatro: distribución internacional de cocaína.
- Cargo cinco: uso de armas de fuego en fomento del tráfico de drogas.
- Cargo seis: contrabandeo de mercadería desde los Estados Unidos.
- Cargo siete: asociación ilícita para la compra de armas de fuego por testaferro.
En territorio estadounidense, alias Fito no será juzgado por un tribunal de excepción, sino que, conforme a lo señalado en la solicitud de extradición, comparecerá ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Este de Nueva York, órgano perteneciente a la jurisdicción ordinaria del sistema judicial estadounidense.
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Las autoridades de los Estados Unidos asumieron un compromiso formal con la República del Ecuador para “garantizar que el requerido no será condenado a la pena de muerte ni cumplirá cadena perpetua, que se respetará su integridad física y que no será sometido a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
(I)