El presidente de la República, Guillermo Lasso, objetó totalmente el proyecto de ley que planteaba la derogatoria parcial de la ley orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

La objeción, emitida con fecha 20 de julio, según el pronunciamiento del Ejecutivo, se da por las siguientes razones:

El proyecto de ley tiene nueve artículos que abordan varios temas sumamente relevantes, sin embargo, lo hace con absoluta ligereza técnico-legislativa.

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Que el proyecto aprobado por la Asamblea Nacional plantea una derogatoria parcial de la ley de Apoyo Humanitario, pero no especifica qué artículos van a ser derogados, ni considera que varios artículos de dicha ley tuvieron aplicación temporal regulada.

Asamblea Nacional aprueba proyecto que deroga la reforma laboral contemplada en la Ley Humanitaria

En el artículo 1, al plantear la derogatoria parcial, se estarían derogando disposiciones relevantes de la ley, como la modalidad telemática para la educación y el trabajo, prórroga para deudas derivadas del pago de pensiones escolares, creación del contrato especial emergente, creación de un segmento de crédito educativo social, creación de acuerdos preconcursales que facilitan el alivio financiero.

Además, se estaría derogando la implementación de mecanismos tecnológicos que permiten la recepción de solicitudes o activación de trámites en línea, así como la suscripción de actos, contratos y escritos, las cuales contribuyeron a la estabilidad de los ecuatorianos, afectando a su vez el derecho constitucional a la seguridad jurídica.

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Los ocho artículos son disposiciones reformatorias a varios cuerpos legales.

Las reformas, añade el veto, que se asume bienintencionadas, podrían acarrear consecuencias indeseables para los ecuatorianos, también por errores de técnica legislativa; por ejemplo, las disposiciones temporales sobre alivio financiero derivadas por el confinamiento ocurrido en 2020, por razones de la pandemia, se volverían permanentes en cobros, condonaciones, prohibiciones de corte por falta de pago de servicios y otras. Esto afectaría la seguridad de la provisión de servicios públicos y amenazaría la sostenibilidad de las cajas de ahorro, mutualistas y cooperativas.

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El Ejecutivo advierte que el legislador pretende la eliminación del contrato emergente de trabajo, figura que desde su implementación a fines de 2020 ha permitido la creación de 111.826 plazas de trabajo con corte al 20 de junio de 2022. En el sector agrícola se contrató a 27.130 personas, 22.572 en el sector manufacturero y 16.976 en el sector del comercio al por mayor y por menor.

Al aplicar el veto, el Ejecutivo observa que la Asamblea Nacional omitió que la formulación de política monetaria, crediticia, cambiaria y financiera es potestad exclusiva de la Función Ejecutiva, como lo determina el artículo 303 de la Constitución. (I)