La Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Santa Rosa, provincia de El Oro, concedió medidas cautelares a la consejera del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) Gina Aguilar Ochoa, y ordenó a la Asamblea Nacional que en un plazo de 72 horas posesione a los miembros principales y suplentes del CPCCS.

Además, dispone que la Asamblea Nacional se abstenga de realizar cualquier acto tendiente a dilatar la ejecución de la presente resolución bajo apercibimiento de las sanciones establecidas en el artículo 22 numeral 4 de la Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Esto es, iniciar el procedimiento para su eventual destitución.

La pugna de poderes políticos arrasa la institucionalidad y mantiene a ocho organismos sin titulares o prorrogados

Aguilar Ochoa fue posesionada como consejera suplente el 5 de diciembre de 2022; luego el 23 de enero la Corte Constitucional destituyó a los siete consejeros y consejeras del CPCCS: Hernán Ulloa Ordóñez, María Fernanda Rivadeneira, Sofía Almeida Fuentes, Francisco Bravo Macías, Juan Javier Dávalos, Ibeth Estupiñán Gómez y David Rosero Minda.

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Al plantear la acción constitucional, Gina Aguilar expuso que actualmente solo constan dos consejeros posesionados que están en ejercicio del cargo en condición de principales; en consecuencia, el pleno del CPCCS no puede funcionar, es decir, no es posible que sesione para tomar decisiones.

Según la consejera, eso responde al “deliberado e irresponsable incumplimiento de funciones por parte del pleno y Presidencia de la Asamblea Nacional”, que han llegado a cancelar sesiones de posesión, pese a que cuentan con la certificación del Consejo Nacional Electoral con la lista de personas a quienes les corresponde principalizar.

Si la Asamblea Nacional no posesiona de manera inmediata a los consejeros, no podrá sesionar para dar cumplimiento a la Sentencia No. 1219-22-EP/22 de la Corte Constitucional; por lo tanto, advierte: “Estoy frente al evidente riesgo de que la Corte Constitucional me destituya como consejera, lo que afectaría mis derechos de participación política por dos años, además de mi actual derecho al trabajo y el ejercicio de mis derechos de participación como consejera electa constitucional y democráticamente”.

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Aguilar en el escrito presentado a la Unidad Judicial advierte que no pueden tomar decisiones sobre el nombramiento de uno de los candidatos o candidatas de la cuarta terna de la Corte Nacional de Justicia para que presida el Consejo de la Judicatura; siendo que a la presente fecha únicamente se encuentran en funciones el consejero Olindo Nastacuaz Pascal y la suscrita Gina Aguilar Ochoa.

En la lista para posesionarse constan Carlos Figueroa, Aland Molestina Malta, Marlene Montesinos, Catalina Pérez Ávila, Mauricio Gallardo Guillén, Bernardo Cañizares, Carlos Mosquera.

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En tanto, Teddy Tama Aguirre, Mariuxi Moreira Román y Graciela Viviana Mora Ramírez no pueden ejercer el cargo sino hasta después de las elecciones, esto es, el 6 de febrero, debido a que los tres están de candidatos para el cargo de consejeros del CPCCS. (I)