Cinco días después de su publicación en el Registro Oficial, la Ley para el Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia tiene sus primeras dos demandas de inconstitucionalidad. Las acciones fueron presentadas, ante la Corte Constitucional (CC) este lunes, 6 de octubre de 2025.
La primera acción pública de inconstitucionalidad la ingresó la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) y la segunda demanda fue presentada por la abogada Patricia Elizabeth Borja Laverde, en calidad de afiliada activa del Instituto Ecuatoriano de Seguridad (IESS).
La normativa fue aprobada en segundo debate en el pleno de la Asamblea Nacional, el pasado 26 de septiembre, con 77 votos. Tiene tres artículos, dos disposiciones reformatorias y dos disposiciones transitorias; y reforma algunos artículos de la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) y la Ley de la Seguridad Social.
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En su demanda, Inredh apeló la normativa por el fondo, tras argumentar que la ley “presenta un riesgo inminente de vulneración de derechos fundamentales”.
En este sentido, la fundación demandó la primera disposición reformatoria, en su literal b, que reforma a la Ley del Biess para que realice operaciones de reporto y gestione créditos con entidades financieras nacionales o extranjeras, así como realizar operaciones de venta de cartera vencida sea esta hipotecaria, prendaria o quirografaria, de conformidad con la normativa aplicable.
Asimismo, Inredh impugnó la segunda disposición reformatoria, en sus literales b y c, que dispone que el vocal del Consejo Directivo del IESS, representante de la Función Ejecutiva, será designado por el presidente de la República mediante decreto ejecutivo. Asimismo, esta disposición establece que el presupuesto del costo operativo del proceso electoral para la elección del representante de los asegurados y del representante de los empleadores que conforman el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social será determinado por el máximo órgano ejecutivo del IESS, el cual deberá ser aprobado por el CNE.
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Por su parte, la abogada Patricia Elizabeth Borja demandó la totalidad de la Ley de Fortalecimiento Crediticio por la forma, ya que, expuso, se habría desnaturalizado el trámite de urgencia económica, carácter con el que el presidente Daniel Noboa envió la norma a la Asamblea Nacional.
“No existió justificación para que un planteamiento de esta índole fuera canalizado a través de un proyecto de ley calificado como urgente en materia económica, porque no se ha configurado una situación económica adversa que requiera de un trámite expedito”, indica la demanda.
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Mientras que por el fondo, la accionante acusó la inconstitucionalidad de los literales b y d, de la disposición reformatoria primera, es decir, lo mismo que demandó Inredh.
Otra de las impugnaciones fue a toda la disposición reformatoria segunda, que reforma la Ley de Seguridad Social, que busca “optimizar la estructura orgánica funcional del IESS”.
Finalmente, Borja demandó la disposición transitoria primera, que dispone que las reformas a la Ley de Seguridad Social serán aplicables a todos los directores en funciones.
Con estos argumentos, Inredh y la jurista pidieron a la Corte Constitucional que se suspenda, de manera provisional, la vigencia de los artículos demandados, que se tramiten estas causas con prioridad y que se declare la inconstitucionalidad de la ley.
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A la vez, tres organizaciones de jubilados: el Frente Nacional de Defensa del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), el Frente Nacional por un Nuevo IESS y la Confederación Nacional de Jubilados y Pensionistas de Montepío del Ecuador (CNJE) también anunciaron demandas de inconstitucionalidad en contra de esta ley, que se presentarán en los próximos días.
Consideran que la “ley es un riesgo”, porque permite que el Biess pueda acceder a créditos con entidades financieras, nacionales o extranjeras, usando como garantía su portafolio de inversiones.
La Ley para el Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia fue la quinta iniciativa que el presidente Daniel Noboa envió al Parlamento, con urgencia en materia económica, y que se aprobó en el pleno con el mínimo de votos requeridos. Con estas demandas, todas las leyes enviadas por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional, con carácter económico urgente, desde que asumió este periodo de gobierno el pasado 24 de mayo, han recibido demandas de inconstitucionalidad. (I)