En la pregunta 5 del proyecto de consulta popular del presidente de la República, Daniel Noboa, se plantea que los sentenciados para cierto tipo de delitos cumplan la totalidad de las penas en las cárceles sin que puedan acogerse a los beneficios penitenciarios, como el régimen semiabierto o la libertad condicional.

Revise aquí los anexos de las preguntas de la consulta popular de Daniel Noboa

Noboa envió el cuestionario a la Corte Constitucional (CC) la tarde del martes 2 de enero del 2024 para que esta dé su dictamen de constitucionalidad.

Los delitos propuestos son los siguientes:

Publicidad

(I) financiación del terrorismo;

(II) reclutamiento de niños, niñas y adolescentes con fines delictivos;

(III) secuestro extorsivo;

Publicidad

(IV) producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización;

(V) actividad ilícita de recursos mineros;

Publicidad

(VI) armas de fuego, municiones y explosivos prohibidos o no autorizados;

(VII) tenencia y porte no autorizado de armas;

(VIII) extorsión;

(IX) revelación de identidad de agente encubierto, informante, testigo, persona protegida o funcionario judicial protegido;

Publicidad

(X) tráfico de influencias;

(XI) oferta de realizar tráfico de influencias; y,

(XII) testaferrismo.

Estos se sumarán a los ya establecidos en los artículos 698 y 699 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Regreso de casinos a Ecuador, consulta popular de Daniel Noboa lo plantea para generar trabajo, pues tras cierre se perdieron 25.000 empleos

Los que constan en el 698 son los siguientes: asesinato, femicidio, sicariato, delitos contra la integridad y libertad personal con resultado de muerte, robo con consecuencia de muerte, delitos contra la integridad sexual y reproductiva, trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, cohecho, concusión, peculado, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, enriquecimiento privado no justificado, delitos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta y gran escala, terrorismo, delincuencia organizada, abigeato con resultado de muerte y graves violaciones a los derechos humanos y delitos contra el derecho internacional humanitario.

Y en el 699 están los mismos ya citados en el 698 más las personas privadas de libertad que se hayan fugado o intentado fugarse o aquellas sancionadas con la revocatoria del régimen semiabierto.

En el anexo se menciona que, de aprobarse la pregunta, el presidente Noboa tiene cinco días luego de la publicación oficial de resultados para remitir al Parlamento el proyecto de ley reformatoria al COIP que contenga las reformas para cumplir con lo establecido en este apartado.

En tanto que la Asamblea Nacional, según el texto, contará con el plazo máximo de 60 días para debatir y aprobar la reforma legal.

La Corte tiene 20 días para emitir su dictamen de constitucionalidad, según la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. (I)