Entre el sábado último y este domingo, la Fiscalía, con el apoyo de la Policía Nacional, detuvo a los posibles responsables de femicidios ocurridos en las provincias de Imbabura y Cotopaxi. Los sospechosos en las próximas horas serían puestos a órdenes de los jueces respectivos para iniciar su procesamiento penal.

Las autoridades detuvieron a Fabián B. como el presunto autor del femicidio de Johana G., mujer que fue reportada como desaparecida el jueves pasado y cuyo cadáver fue encontrado la mañana del sábado último con marcas de lesiones. Según la Fiscalía, en las próximas horas se le formularán cargos a quien aparece como el principal sospechoso del crimen.

Mientras tanto, la mañana de este domingo, Segundo Ángel T., quien era buscado como presunto responsable del femicidio de Nely Alexandra Orosco, fue detenido en la provincia de Cotopaxi. Él era buscado por el asesinato de Orosco, cuyos restos fueron encontrados en la localidad de Alaquez, en el cantón Latacunga.

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Según información de la Fiscalía, en este último caso la víctima y su hija fueron reportadas como desaparecidas el 5 de enero de 2020. Dentro de este caso, el sospechoso del crimen fue puesto ya a disposición de las autoridades de justicia para que se le inicie el proceso penal respectivo a partir de la formulación de cargos.

El artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que habla del delito de femicidio, señala que la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años.

Además, el artículo 142 define como circunstancias agravantes del femicidio para imponer el máximo de la pena el haber pretendido establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima; que exista o haya existido entre el sujeto activo y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia, intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo, laborales, escolares o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad; si el delito se comete en presencia de hijas, hijos o cualquier otro familiar de la víctima; o si el cuerpo de la víctima es expuesto o arrojado en un lugar público. (I)