A pocos meses de que termine el actual Gobierno, el presidente Guillermo Lasso nombró a Guadalupe Llori, expresidenta de la Asamblea Nacional, como su delegada para presidir el Consejo de Planificación y Desarrollo de la Circunscripción Territorial Amazónica.

Llori asumió el cargo y reiteró su lealtad al presidente de la República. Explicó que su delegación es ad honorem porque en la Ley Amazónica no consta el pago de una remuneración al delegado del jefe de Estado. E informó que ella asumirá los gastos de su gestión.

La nueva funcionaria del Gobierno también aclaró que la entidad que ahora dirige no contrata obras, sino que es responsable de distribuir los recursos para la ejecución de proyectos debidamente justificados, que sean presentados por los gobiernos parroquiales, cantonales y provinciales de la Amazonía.

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En ese sentido, aseguró que administrará los recursos del presupuesto de forma justa y equitativa.

Durante el gobierno de Guillermo Lasso ha habido cuatro delegados del presidente para liderar el Consejo, incluyendo a la expresidenta de la Asamblea. El primero fue Julio César Ruiz, designado el 25 de mayo de 2021, pero fue reemplazado a los dos días por Hernán Zabala, quien duró en el cargo hasta el 27 de abril de 2023. Ese mismo día fue nombrado en su lugar el exasambleísta Raúl Tello, que estuvo en funciones hasta el 28 de mayo de 2023.

Casi un mes después de la salida de Tello fue posesionada Guadalupe Llori, el 19 de junio.

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El Consejo de Planificación y Desarrollo de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica fue creado mediante la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, vigente desde mayo de 2018.

La norma señala que el Consejo es una instancia encargada de la articulación y la coordinación interinstitucional entre los diferentes niveles de gobierno, con la ciudadanía y el sector público y privado, en el ámbito de sus competencias, en el proceso de construcción participativa de la planificación integral.

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El cuerpo legal establece que el Consejo estará conformado por once miembros, quienes actuarán con voz y voto:

  1. Un delegado del presidente de la República, que será quien lo preside y deberá ser residente amazónico;
  2. La autoridad nacional de planificación o su delegado;
  3. La autoridad nacional de ambiente o su delegado;
  4. La autoridad nacional de agricultura y ganadería o su delegado;
  5. La autoridad nacional de hidrocarburos o minería, o su delegado;
  6. Un prefecto, en representación de los gobiernos autónomos provinciales de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica;
  7. Un alcalde, en representación de los gobiernos autónomos municipales de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica;
  8. Un presidente, en representación de los gobiernos autónomos parroquiales de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica;
  9. Un representante de las nacionalidades y pueblos de la Circunscripción;
  10. Un representante de las instituciones de educación superior de la Circunscripción; y,
  11. Un representante de los sectores productivos de la Circunscripción

Los representantes tendrán un periodo de dos años y podrán ser reelegidos para un periodo adicional, y no podrán ser originarios de la misma provincia, dice la norma.

El Consejo tiene trece atribuciones, entre las cuales destacan conocer y aprobar el Plan Integral para la Amazonía, propuesto por la Secretaría Técnica; aprobar los lineamientos y directrices para la formulación y actualización del Plan Integral para la Amazonía, en concordancia con lo establecido por la autoridad nacional de planificación; y aprobar los proyectos con la asignación de recursos, priorizados por la Secretaría.

Asimismo, el presidente del Consejo tiene nueve atribuciones. Una de ellas es proponer una terna de candidatos ante el pleno del Consejo, para la elección del secretario técnico de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica; los candidatos deberán ser residentes de la misma.

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En la Asamblea Nacional se aprobó a finales de marzo de 2023 un proyecto de ley reformatoria a la Ley Amazónica que incorporó cambios en varios aspectos, que incluyen al Consejo de Planificación y Desarrollo de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica, su conformación y atribuciones.

Dicha reforma pasó a manos del presidente de la República, quien vetó parcialmente el texto por inconstitucionalidad e inconveniencia. El 3 de mayo, el primer mandatario envió su objeción parcial al entonces titular del Parlamento, Virgilio Saquicela, para su correspondiente tratamiento.

Lasso propuso en el veto, entre otros temas, nuevos ajustes a la conformación del Consejo que hoy preside Guadalupe Llori.

La reforma de la Ley Amazónica quedó en suspenso, una vez que el presidente de la República el 17 de mayo, en medio del juicio político en su contra, activó el mecanismo de muerte cruzada para disolver a la Asamblea Nacional y adelantar las elecciones presidenciales y legislativas. (I)