Las bancadas, incluida la socialcristiana, no apoya el planteamiento del presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, de acordar la primera vicepresidencia del Parlamento para el PSC en caso de que tenga que renunciar al cargo para postularse como candidato presidencial para los comicios de 2025, porque en su reemplazo asumiría el cargo la legisladora Viviana Veloz, de las filas del correísmo.

En una entrevista con EL UNIVERSO, Kronfle señaló que aún analiza su decisión de ser el candidato por el Partido Social Cristiano, pues tiene que “dejar ordenadas ciertas cosas en la Asamblea Nacional y tener certezas de que quien lo reemplace continúe con la misma línea”.

Publicidad

Henry Kronfle: Si renuncio para ser candidato presidencial, tenemos que llegar a un acuerdo para que la primera vicepresidencia de la Asamblea Nacional quede en manos del PSC

En caso de una renuncia de Kronfle, el PSC se quedaría sin un representante en la mesa de autoridades de la Asamblea, y por ello plantea llegar a un acuerdo para que la primera vicepresidencia quede en manos de los socialcristianos y de esa forma trabajar en conjunto con la presidencia de Veloz. Para eso se necesitan 70 votos.

El artículo 16 de la ley orgánica de la Función Legislativa determina: “(...) En ausencia temporal o definitiva o de renuncia del cargo de la presidenta o el presidente, lo reemplazarán, en su orden, la primera y la segunda vicepresidenta o el vicepresidente. La Asamblea Nacional llenará las vacantes cuando sea el caso y por el tiempo que falte para completar el periodo de dos años previsto en la Ley”.

Para los legisladores Vicente Taiano (PSC), Leonardo Berrezueta (RC), Nathaly Farinango (ADN) y Jorge Peñafiel (Construye), la normativa que rige a la Asamblea Nacional es clara y no permite desconocer la posibilidad de una sucesión; por lo tanto, no habría viabilidad legal en lo que propone Kronfle.

Henry Kronfle aún no decide si será precandidato presidencial del PSC. Foto de Alexandra Casulo Foto: Alexandra Casulo

Leonardo Berrezueta, de la RC, anota que el presidente de la Asamblea está confundido en su planteamiento, porque la norma prevé la sucesión en caso de ausencia temporal o definitiva del presidente de la legislatura. Asumirá la primera vicepresidenta y si no están el presidente y la primera vicepresidenta, asume la representación el segundo vicepresidente, en este caso Eckenner Recalde, es decir, se aplica la sucesión.

Publicidad

Berrezueta recalca que en la normativa no está establecido que se tenga que nombrar un primer vicepresidente en caso de que la primera vicepresidenta asuma la presidencia del Parlamento. En todo caso, se tendrían que iniciar conversaciones para nombrar una segunda vicepresidencia. “Nosotros no apoyaremos que esté por fuera de la ley, todo dentro de la ley”, destaca.

El coordinador del PSC, Vicente Taiano, aclara que no hay nada definitivo sobre una candidatura presidencial de Kronfle. Es cierto que es una de las opciones, pero no está nada definido, y pasa no solo por su decisión, sino por las elecciones internas en el partido, que serían el 14 de agosto, y también hay otros aspirantes.

Respecto de la sucesión de la presidencia, añade Taiano, no hay otro camino que cumplir con la ley y en ese sentido, se debe ser cauto y pronunciarse sobre hechos ciertos.

Nathaly Farinango, de ADN, también sostiene que es inviable el planteamiento de Kronfle, lo que se tiene que hacer es respetar lo que señala la ley; además, el mismo titular de la legislatura y el secretario general del Parlamento han señalado reiteradamente que se debe respetar la Constitución y la ley orgánica de la Función Legislativa; entonces, deberían dar el primer paso.

Ante una ausencia definitiva de la primera vicepresidencia, por efectos de la renuncia del presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, quien tendría que asumir ese espacio de representación es Eckenner Recalde y eso defenderá el sector oficialista, subraya Farinango.

Peñafiel, del movimiento Construye, afirma que la norma es clara respecto a la sucesión. Lo que debe ocurrir si renuncia Henry Kronfle es que la presidencia asuma la primera vicepresidenta, Viviana Veloz, y Eckenner Recalde (ADN), la primera vicepresidencia, y se tendría que nombrar una segunda vicepresidenta, para lo cual el movimiento Construye tendría que tener su delegado.

Definiciones políticas

Asambleístas y funcionarios de la Asamblea Nacional en una de las sesiones plenarias. Foto: Carlos Granja Medranda

La definición de candidaturas para las elecciones generales de febrero de 2025 causará estragos no solo en la dirección y conformación de la Asamblea Nacional en los próximos meses, sino también en la operatividad del Parlamento, porque gran parte de los legisladores aspiran a postularse en los comicios de febrero 2024.

El PSC está forzado a definir si suelta o no las riendas de la Asamblea Nacional al correísmo, ante las aspiraciones presidenciales de Henry Kronfle.

El PSC tiene hasta el 14 de agosto para definir su candidatura presidencial y confirmar la postulación o no de Kronfle; en ese caso, tendrá que renunciar al cargo y asumirá la presidencia de la Asamblea Nacional la correísta Viviana Veloz hasta mayo de 2025.

En esta definición de candidaturas también se espera una recomposición del Consejo de Administración Legislativa (CAL), porque durante la precampaña y campaña electoral algunos de sus integrantes estarían ausentes, así como en las curules en el pleno estarán los suplentes.

El calendario electoral definido por el Consejo Nacional Electoral (CNE) determina que desde el 3 hasta el 17 de agosto cada organización política habilitada para inscribir candidaturas deberá llevar adelante procesos de democracia interna y con base en esos resultados inscribir sus candidaturas a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, asambleístas nacionales, asambleístas provinciales y parlamentarios andinos.

El plazo para la inscripción de las candidaturas es del 13 de septiembre al 2 de octubre de 2024, y posterior a ello vendrá el proceso de campaña electoral, entre el 5 de enero y el 6 de febrero de 2025. (I)