Un tribunal de Quevedo, Los Ríos, concedió la acción de protección interpuesta por Carolina Llanos, pareja sentimental del exlegislador Galo Lara, en la cual solicitó una reparación integral por la violación a su derechos humanos y la muerte de su bebé no nato mientras estuvo encarcelada.

Llanos fue condenada a 20 años de prisión como autora intelectual de un triple crimen de Quinsaloma (Los Ríos), en el 2012.

Cuando la apresaron ella estaba embarazada y sufrió un ataque de otras presas, lo que le ocasionó un aborto. Según la demanda, ella no recibió atencion médica oportuna por lo que se le generó una sepsis en el útero.

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En el 2021, Llanos planteó un recurso de revisión de su caso en la Corte Nacional de Justicia y presentó como nueva evidencia el testimonio de cuatro personas, documentos desclasificados de la Secretaría Nacional de Inteligencia (Senain) y la sentencia de casación que se dictó en el 2020, en la que se declaró la inocencia de Gilbert Llanos, su hermano, quien fue procesado y condenado en ese proceso como cómplice del crimen.

La Corte declaró en ese mismo año el estado de inocencia de Llanos, fallo que además alcanzó a Lara, sancionado como cómplice, por tratarse del mismo caso. Y salieron en libertad.

María Dolores Miño, abogada de Llanos, indicó que en la demanda contra el Ministerio del Interior y el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) se pidió una reparación integral para su clienta por habérsele violado sus derechos a la integridad, a la salud, a un embarazo protegido y otros.

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Esta querella se planteó en octubre del 2023, y recién este viernes 17 de mayo, luego de varios diferimientos, pudo instalarse la audiencia para sustanciarla. La jurista habló de varias maniobras para que el caso no avanzara, por ejemplo, que el Ministerio y el SNAI cambiaban constamente de abogados, o la no comparecencia de los jueces del caso.

El Tribunal reconoció la violación a los derechos de Carolina Llanos y dispuso que el Ministerio y el SNAI le ofrezcan disculpas públicas y que se le dé una reparación económica por los daños materiales e inmateriales, monto que debe definirse en el Contencioso Administrativo.

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Las entidades públicas apelaron verbalmente la decisión; cuando esta sea notificada tienen tres días para objetarla por escrito. (I)