Una madre y su pareja fueron sentenciados a 26 y 13 años de prisión, respectivamente, por comercializar videos pornográficos de dos menores de edad, en un inmueble del cantón Mejía, en el sur de Quito.

La Fiscalía General del Estado realizó un allanamiento el 6 de junio del 2024 y encontró a una niña de 10 años y otra adolescente de 14, quienes eran forzadas a participar en la producción del contenido sexual.

María Alexandra B. y Diego Fernando D. deberán pagar una multa de 800 salarios básicos unificados (SBU) como medida de reparación integral a las víctimas. El valor total asciende a $ 10.000 entre los dos implicados.

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Como evidencia para realizar el juzgamiento, más allá de los resultados de la redada realizada en el 2024, la hermana mayor de las agraviadas denunció que en el pasado fue víctima de las mismas actuaciones de su madre.

Esto, junto con la pericia psicológica y de entorno social, permitió que un juez dicte sentencia.

Fiscalía procesó este caso con base en el artículo 103, inciso tercero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona de 22 a 26 años de prisión a quien fotografíe, filme, grabe, produzca o transmita pornografía con utilización de niñas o adolescentes, cuando sea el padre, madre o un pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad.

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La comercialización de este material está tipificada en el artículo 104 del mismo cuerpo legal y sanciona con cárcel de hasta 13 años.