El presidente de la República, Guillermo Lasso, anunció que desde el domingo, 2 de abril, regirá un estado de excepción con toque de queda en los cantones Guayaquil, Durán y Samborondón, que conforman la Zona 8, y en las provincias de Santa Elena y Los Ríos.

El Decreto 706, suscrito por el primer mandatario este sábado, detalla que se declara el estado de excepción por grave conmoción interna en dichas jurisdicciones.

Porte de armas de uso civil para defensa personal y toque de queda en la Zona 8, entre medidas de seguridad del Gobierno

El estado de excepción tendrá la vigencia de sesenta días y regirá de 01:00 a 05:00 todos los días desde las 00:00 del domingo 2 de abril.

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Las personas que circulen durante el horario del toque de queda serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente.

¿Quiénes están exentos de la restricción?

Los siguientes sectores:

  • Servicios de salud de la red de salud pública integral y de la red privada complementaria.
  • Seguridad y fuerza pública, seguridad privada complementaria y los servicios de gestión de riesgos y atención de emergencias.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Los servidores públicos de la Presidencia de la República, Vicepresidencia de la República, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio del Interior, la Secretaría Nacional de Seguridad Pública y del Estado y cuerpo diplomático acreditado en el país.
  • Los servidores públicos o personal de contratistas de entidades públicas que acrediten que deben desplazarse para asegurar la continuidad de los servicios públicos.
  • Personas que formen parte de una cadena logística, incluido el sector exportador, quienes deberán demostrar que pertenecen a una empresa cuyo giro ordinario de negocio requiere el transporte de carga y, de ser el caso, la licitud de la carga que transportan; de igual manera, empresas cuyas plantas o facilidades de producción operen durante la noche o en turnos rotativos y sus empleados, debiendo acreditar tal calidad con el carné o identificación de su empleador.
  • Personas que deban trasladarse desde y hacia aeropuertos por vuelos programados dentro del horario del toque de queda.
  • Abogados, siempre que acrediten la necesidad de acudir a una diligencia judicial, funcionarios de la Corte Constitucional y, servidores públicos de la Función Judicial.
  • Trabajadores de medios de comunicación social.
  • Trabajadores de los sectores estratégicos y servicios públicos definidos como tales en la Constitución, que son: la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioeléctrico, el agua, la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones (como servicio público), vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley.
  • Personas que en el ejercicio de sus actividades económicas abastezcan una cadena productiva.

Según el Gobierno, el Distrito Metropolitano de Guayaquil de la Zona 8 registra 555 homicidios intencionales entre el 1 de enero y el 29 de marzo del 2023. Esta cifra representa una tasa de 17,43 homicidios intencionales por cada 100.000 habitantes.

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En Los Ríos, el distrito Quevedo-Mocache registra el mayor índice de actos criminales, seguido por el Distrito Babahoyo, lo que ha aumentado la percepción de inseguridad en la ciudadanía. La provincia suma 170 muertes.

En tanto que en Santa Elena se han registrado 351 actos delictivos. (I)