Como muchas otras nociones, esta es asimilada universalmente –sin reserva de inventario– al ejercicio profesional que defiende intereses de ciudadanos que reivindican derechos en el marco de los sistemas de administración de justicia. El litigio judicial, en gran medida, es el espacio en el que se practica el derecho, afirmación que tiene sentido pero que circunscribe el concepto del derecho a su utilización en situaciones extraordinarias, como son las que se derivan de la desavenencia y el enfrentamiento entre personas naturales o jurídicas que tienen puntos de vista diferentes sobre aspectos de interés propio.

También la práctica jurisdiccional del derecho se da cuando los individuos adecuan sus conductas a las prohibiciones del sistema jurídico vigente, que en esos casos establece sanciones forzosas, las cuales pueden ser objetadas por profesionales del derecho que defienden los intereses de sus representados.

Pero de ninguna manera el derecho se agota en el litigio, porque, pese a las diferencias doctrinarias sobre la naturaleza de lo jurídico, todos los filósofos del derecho coinciden en que este es el sistema que define la vida social de las personas desde su concepción hasta su muerte, en las infinitas acciones que realizan a lo largo de sus existencias. Esta mirada se ilustra si tomamos como ejemplo la vida de cualquier persona y la analizamos a la luz de lo que hasta este momento planteamos, que bien puede ser la suya, respetado lector, la de cualquier ciudadano o la mía. Desde la concepción somos definidos jurídicamente, el nacimiento también, luego la infancia y así hasta la muerte que también es aprehendida por el derecho para regularla atribuyéndole efectos posteriores.

Todas las vidas están reguladas por el derecho y solamente una parte mínima y en muchos casos, nunca, ese recorrido vital conlleva litigio judicial o reclamaciones administrativas. Lo que sí es consustancial, por el contrario, es la regulación jurídica de la existencia orgánica y de la cultura que son definidas por el derecho, que es un sofisticado y milenario sistema conformado por leyes y por una serie de categorías, instituciones, dogmas, ficciones, presunciones y principios –todas abstracciones– que buscan su coherencia para su vigencia y aplicación.

La práctica del derecho entonces se encuentra en la vida cotidiana, en el respeto al sistema para acatarlo estrictamente o reformarlo de conformidad con los procedimientos establecidos. La vida en sociedad es sinónimo de práctica del derecho y esta circunstancia es atributo y al mismo tiempo deber de todo ciudadano y, claro está, también de los abogados, que no por litigar se relacionan mejor y de manera exclusiva con el derecho.

El derecho es la construcción cultural más importante de la civilización, pues considera todos los aspectos de la vida de las personas en sus infinitas relaciones entre sí y también con su entorno social y con el medioambiente. La práctica de lo jurídico se encuentra esencialmente en ese escenario y convoca a profesionales del derecho cuya orientación fundamental es la búsqueda del bien común y la sostenibilidad colectiva. (O)