Una pugna jurídica se ha levantado en torno al pago de entre $24 millones y $36 millones correspondientes a la remuneración variable por eficiencia de los años 2017, 2018 y 2019, que reclaman los trabajadores de EP Petroecuador.

La cifra mencionada es el equivalente de multiplicar lo que han estado recibiendo los trabajadores por año desde el 2014 y que era un aproximado de $12 millones anuales.

Sin embargo, este pago fue suspendido para el 2017-2018 en todas las entidades del sector público, según el art. 5 del Decreto Ejecutivo de Austeridad 135 de septiembre del 2017.

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Además, el Ministerio de Finanzas en noviembre del 2019 emitió el Acuerdo 123, en el cual suspende a partir del 2020 la remuneración variable. Para luego, con el Acuerdo 146 de diciembre, condicionar ese pago correspondiente al año fiscal 2020 a la presentación de informes técnicos de rigor y dictámenes favorables de Finanzas y Trabajo.

Sin embargo, el Comité de Empresa de Petroecuador (Cetrapep), cuyo presidente es Jorge Cevallos Palacio, llevó a los tribunales de justicia de Esmeraldas un pedido de medida cautelar en contra del gerente de Petroecuador, Pablo Flores, y de José Agusto Briones, actual ministro de Energía y exgerente de las Empresas Públicas, para obligar al pago.

Facsímiles del oficio entregado por el gerente de Petroecuador al Consejo de la Judicatura.

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Y así el juez de Atacames, Carlos Rolando Mena Amores, les dio la razón y otorgó la medida en favor de los trabajadores para el pago del bono variable 2017 y 2018, el 17 de diciembre pasado.

Sin embargo, el proceso aún no se cierra. Este 3 de febrero, los abogados de Petroecuador pidieron una revocatoria de la medida y se espera respuesta en estos días.

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Por su parte, Petroecuador ha manifestado que la remuneración variable es una bonificación adicional al salario mensual y que no es un derecho adquirido, sino que se cancela siempre y cuando se cumplan con los objetivos, metas e indicadores empresariales. Indica que Petroecuador no cuenta con los estudios técnicos que son requisito fundamental para proceder al pago, pues estos fueron suspendidos como resultado de la medida de austeridad en 2017.

Para Patricio Quintero, presidente del Comité de Empresa (Cetrapep-Zona Noroccidente), el pago de la remuneración variable sí es un derecho aprobado desde el 2014, considerando que las empresas públicas no tienen utilidades. Además, dicho pago consta en el contrato colectivo de 2017 que se firmó y que contó con la presencia como testigo de honor del propio presidente Lenín Moreno. Otro argumento esgrimido es que una empresa hermana, Petroamazonas, sí ha recibido de manera puntual estos pagos.

El malestar del titular de Petroecuador por la situación jurídica actual se hizo público ante el Consejo de la Judicatura. El 7 de enero pasado, Flores envió un oficio a María del Carmen Maldonado, presidenta del ente de control de los jueces, para solicitar que se supervisen las actuaciones de jueces de Esmeraldas, en varios temas, incluidos el de la remuneración variable.

Pide que se verifique si las decisiones se deben al desconocimiento del régimen laboral o la posibilidad de que existan intereses particulares en dichas decisiones, que deberían ser investigadas.

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Al ser consultado Quintero sobre por qué los trabajadores han acudido a la justicia de Esmeraldas para presentar sus demandas, explicó que la jurisdicción de Petroecuador está en cualquier lugar del país donde tenga representación. Sobre la carta de Flores, dijo que “no se puede hacer un discrimen a la justicia de una provincia, se puede tomar como una intromisión a las funciones del Estado”.

Cinco reveses jurídicos advierte Petroecuador

Al menos cinco reveses jurídicos registra Petroecuador en los últimos meses. Todos han sido llevados por jueces de Esmeraldas. Así lo menciona Pablo Flores, gerente de Petroecuador, en un oficio enviado al Consejo de la Judicatura.

El primer caso tiene que ver con un fallo que ordena cancelar $2,6 millones a trabajadores por una reliquidación de intereses de un pago que se había hecho hace un año.

En tanto, varios jueces han ordenado el reintegro de trabajadores petroleros, luego de que han sido separados. Según Petroecuador, esto atenta contra la libertad de contratación. Flores argumenta que los temas laborales los deben tratar los jueces de Trabajo.

También refiere un caso en el cual se ha sancionado a abogados de Petroecuador por pedir una audiencia de estrados.

Adicionalmente, la empresa no ha recibido ninguna respuesta sobre una demanda que se hizo contra un juez por una falta al artículo 7 del Código Orgánico de la Función Judicial.

El quinto caso es justamente el tema de la remuneración variable, que tuvo un pronunciamiento a favor de los trabajadores. (I)