Este martes 12 de diciembre se tratará en primer debate el proyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo en el pleno de la Asamblea Nacional con cambios que al menos para el sector inmobiliario no son suficientes en lo que respecta a la venta ocasional de bienes inmuebles.

La Asociación de Promotores Inmobiliarios del Ecuador (Apive) señala que la Comisión de Desarrollo Económico lo que propone para el primer debate es regresar al régimen impositivo del expresidente Guillermo Lasso. “Perjudica a más del 60 % de la población que ahorra mediante bienes inmuebles, únicamente para privilegiar al 1 % que invierte a través de vehículos del sistema financiero”.

El domingo 10 de diciembre la mesa legislativa aprobó por unanimidad el informe para primer debate de la reforma tributaria enviada por el presidente Daniel Noboa, y lo hizo con cambios a la propuesta inicial, entre ellos, la eliminación del impuesta a la renta (IR) sobre la enajenación de bienes inmuebles, lo cual es calificado como “impreciso” desde Apive.

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Sector inmobiliario alerta que de aprobarse el proyecto de ley urgente del Gobierno afectará a quienes realicen una venta ocasional de inmuebles

La propuesta del Ejecutivo planteaba reformas a varios cuerpos legales, como la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal. Ahí se pedía en el artículo 24 que se elimine la disposición transitoria décimo quinta.

En esta disposición, que está vigente, se indica que no se causará el IR que grava la enajenación ocasional de inmuebles realizada por personas naturales o sociedades en la primera transferencia de dominio del inmueble que se realice a partir de la vigencia hasta cinco años después de su promulgación en el Registro Oficial, lo cual se realizó en noviembre del 2021.

Para el vocero de Apive, Jaime Rumbea, es importante que en este tema los asambleístas comprendan la interrelación entre el régimen previo al del expresidente Guillermo Lasso, el régimen posterior a la reforma fiscal de Lasso, así como el régimen transitorio que suspende ese régimen posterior a la reforma de Lasso durante cinco años y el proyecto de Noboa. “Estamos hablando de una discusión en la que necesita mentes que puedan administrar cuatro regímenes simultáneos”.

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Por unanimidad, Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional aprueba informe para primer debate sobre proyecto de Ley de Eficiencia Económica

En el momento que los legisladores procuran eliminar del texto de la ley de Noboa -dice Rumbea- lo que están haciendo es caer en el régimen de Lasso, es decir, en lo que está vigente actualmente y en el cual “sí impone IR a la transferencia ocasional de bienes inmuebles”, mientras que en la norma antes de Lasso “no imponía”.

“Cuando (los asambleístas) dicen ‘eliminamos el impuesto’ lo que hicieron fue eliminar el texto de Noboa, pero no eliminaron el impuesto, (porque) caen al régimen de Lasso, que está en un régimen transitorio, entonces piensan que este impuesto no aplica, pero en realidad este impuesto está a punto de empezar a aplicarse… El impuesto está, solo que está suspendido transitoriamente”, explica.

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Rumbea indica que empezaría a aplicarse desde el 2026, según lo que está vigente en la disposición transitoria décimo quinta.

Ante ello, desde Apive proponen que se vuelva a lo que regía antes de lo aprobado en el régimen de Guillermo Lasso, sustituyendo el artículo 9, numeral 14, del proyecto de Noboa con el texto de esta exención vigente antes de la reforma fiscal de Lasso y asegurando que diga lo mismo que decía desde siempre para dar trato equitativo al ahorro o inversión en inmuebles respecto al trato que da la ley a otros vehículos de inversión en papeles que tienen renta exenta.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el informe sobre la reforma tributaria fue enviado al presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle. El tema será tratado en el pleno este martes a partir de las 15:45, según información oficial de la Función Legislativa. (I)