El Ministerio del Trabajo efectuará una revisión de los contratos colectivos y actas transaccionales suscritos en las instituciones, entidades, organismos del sector público, gobiernos autónomos descentralizados y empresas públicas, para determinar si antes de firmarlos contaron con el dictamen obligatorio y vinculante del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la disponibilidad de recursos financieros suficientes para cubrir los incrementos salariales y los demás beneficios económicos y sociales que signifiquen egresos.

Así lo establece el Acuerdo Ministerial n.º MDT- 2024-080 emitido este martes 11 de junio del 2024. Ese acuerdo contiene el nuevo reglamento para la presentación, negociación y suscripción de contratos colectivos en los sectores privado y públicos.

El requisito de que los contratos colectivos del sector público tengan un dictamen presupuestario del Ministerio de Economía y Finanzas no es nuevo, ya consta en el instructivo anterior emitido en octubre del 2013 y que con este nuevo acuerdo ministerial queda derogado.

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El Ministerio del Trabajo también verificará que los gerentes y administradores y quienes ejerzan la representación legal en las entidades y empresas públicas o sociedades mercantiles en las que el Estado o sus instituciones tengan mayoría accionaria no se beneficien de ninguna manera “de las cláusulas de la contratación colectiva, ni perciban otros emolumentos, compensaciones, bonificaciones o retribuciones bajo ninguna otra denominación que no sean exclusivamente honorarios o remuneración de ser el caso”, indica la disposición general segunda.

El incumplimiento será comunicado a la respectiva autoridad nominadora y a la Contraloría General del Estado para que se determinen las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar.

Los contratos colectivos en empresas públicas han sido observados desde el Gobierno. El ministro de Energía encargado, Roberto Luque, alertó en mayo pasado que se habían encontrado “ciertas incongruencias” en los contratos de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) y Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec).

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Por ejemplo, dijo que en CNEL había gente con “30 años de antigüedad que recibe más o menos $ 1.000 y una persona que también tiene 30 años recibe hasta $ 8.000″, que con el pago de $ 588 millones del 2018 al 2023 se hubieran instalado 580 megavatios. Así también, que una persona del servicio al cliente gana mensualmente $ 13.500.

La explicación del Comité de Empresa fue que “es el único caso en CNEL EP heredado de un profesional de 40 años de servicio que ingresó a laborar en la Empresa Eléctrica del Ecuador Emelec Inc. (empresa privada) y al haber sido fusionada en CNEL EP, este profesional pasó con la remuneración a la empresa pública”.

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Luque en ese entonces también mencionó que en CNEL empleados reciben hasta un 50 % más de su remuneración. “Eso quiere decir que el que gana $ 1.000 recibe entre $ 1.500 y $ 2.000″. Y que al menos 900 personas reciben adicionalmente 100 % y 200 % de su remuneración. “Son palabras mayores el problema que estamos teniendo”. (I)