El Reglamento a la Ley de Turismo, emitido a través del decreto ejecutivo 333, que se publicó en el Registro Oficial el 15 de julio, trae nuevas disposiciones para la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) en tres casos: para personas de la tercera edad, con discapacidad y para compra de chasis local.

En cuanto a los de la tercera edad, el reglamento indica que la devolución del IVA se la reconocerá mediante acto administrativo que será emitido “en un término no mayor a 60 días o mediante mecanismo automático que para el efecto pueda establecer el SRI, a través de una resolución general”.

Para el caso de personas con discapacidad o sus sustitutos, el reglamento indica que para ser beneficiarios de la devolución del IVA, en la adquisición de bienes y servicios de primera necesidad o de uso o consumo personal en locales autorizados por la administración tributaria, deben ser “calificados por la autoridad sanitaria nacional, a través del Sistema Nacional de Salud. Los sustitutos deben ser calificados por la autoridad nacional de Inclusión Económica y Social o del Trabajo, según corresponda.

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Para grupos vulnerables cambios aún no aplican

Sin embargo, al menos en lo que tiene que ver con personas con discapacidad y personas adultas mayores esta devolución aún no se aplicará, pues se indica que el SRI debe cumplir ciertos pasos previos.

En el mismo decreto se indica que una vez que se haya realizado las implementaciones tecnológicas necesaria para la devolución del IVA a personas adultas mayores, con discapacidad o a sus sustitutos, el SRI publicará en su portal web institucional el listado de establecimientos autorizados. “Hasta la publicación del listado se continuará aplicando el proceso de devolución con base a la normativa vigente, antes de la vigencia de esta disposición”.

En el documento se indica además que solo se devolverá el IVA a estos grupos de personas por compras realizadas en establecimientos autorizados por el Servicio de Rentas Internas (SRI). De esta manera Rentas será la entidad que emita el acto normativo para la calificación de establecimientos autorizados, seleccionando entre los contribuyentes que se encuentren al día en la presentación y pago de sus declaraciones del IVA en los últimos 12 meses.

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Asimismo, el reglamento determina que en caso de que un contribuyente esté sujeto al Régimen para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) y se convierta en un establecimiento autorizado para la aplicación de devolución del IVA a personas de la tercera edad y discapacitados, deberá cumplir requisitos. Por ejemplo, deberá presentar declaraciones mensuales de este impuesto a partir del primer día del mes siguiente de su calificación.

Al ser consultado el SRI sobre cuánto tiempo podría demorar la emisión del acto administrativo necesario para que se active las nuevas reglas de devolución, indicó que “se está trabajando en ello”.

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Varios beneficiarios se han quejado de que el SRI no ha devuelto de manera expedita el IVA, mientras el director del SRI, Damián Larco ha indicado que este año ya se han devuelto $ 140 millones, pero que siguen generándose nuevos pedidos y, por ende, se siguen presentando atrasos.

Reglas para la devolucion por carrocerías y chasis

De acuerdo al reglamento, la devolución del IVA por adquisición local de chasis y carrocería para buses de transporte público de pasajeros de servicio urbano y por la adquisición de tricimotos se podrá hacer siempre y cuando no se haya compensado el crédito tributario o que el mismo no haya sido reembolsado de alguna forma. Además deberán estar inscritos con su respectivo RUC en el régimen que corresponda. Se indica también que quienes se beneficien de este incentivo deberán mantener el bien antes mencionado en servicio público al menos por cinco años. De lo contrario, la administración tributaria reliquidará los valores. La devolución se hará en 30 días después de hecha la solicitud.